Pregunta 2643 hace 1 mes en Agencia de Viajes
Respuesta por Miquel Planas Font hace 1 mes
Un empleado de una central de reservas telefónica no está legalmente obligado a proporcionar su nombre completo a un cliente, a menos que las políticas internas de la empresa lo requieran.
Según la LOPDGDD y el RGPD, los empleados tienen derecho a la protección de su privacidad, y exigir esta información podría considerarse desproporcionado si la finalidad de la llamada se puede cumplir mediante un identificador alternativo. Por lo tanto, salvo que la empresa tenga una política específica al respecto, el empleado puede negarse a dar su nombre completo.