Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 2648 hace 2 semanas en Hoteles

Nos ha contactado EGEDA reclamando el pago de tarifas aplicables a nuestro hotel. Quisiéramos saber qué tarifas pueden exigirnos legalmente y en qué casos estaríamos obligados a pagarlas. Nos gustaría conocer si otras entidades de gestión de derechos (como SGAE, AGEDI o AIE) pueden presentar reclamaciones similares y cómo debemos proceder ante estas solicitudes. Agradecemos su orientación sobre cómo actuar y si hay margen para negociar o impugnar dichas reclamaciones.

Respuesta por Mónica Julve hace 2 semanas

La Comisión de Propiedad Intelectual (Sección Primera) dictó una resolución el 14 de marzo de 2023 estableciendo las tarifas que EGEDA puede exigir a los establecimientos hoteleros por los actos de comunicación pública. Estas tarifas entraron en vigor tras su publicación en el BOE el 5 de abril de 2023. Dicha resolución puso fin al procedimiento de determinación de tarifas iniciado en 2018 por CEHAT ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo negociado con EGEDA. Pero, es importante señalar que la resolución ha sido recurrida ante la Jurisdicción Contenciosa. Aunque el recurso no suspende su aplicación inmediata, abre la posibilidad de una eventual modificación en el futuro.

Las tarifas determinadas por la Comisión ya incluyen los distintos espacios del hotel en los que se realiza la comunicación pública de contenidos audiovisuales, como habitaciones, zonas comunes y espacios de ocio. Por tanto, si EGEDA exigiera tarifas adicionales por áreas ya contempladas en la resolución del 14 de marzo de 2023, podría tratarse de una aplicación indebida, en cuyo caso sería recomendable verificar la reclamación y, si procede, impugnarla. Además, hay que diferenciar estas tarifas de las aplicadas a los establecimientos de restauración, cuya resolución fue dictada el 24 de febrero de 2022. Estas tarifas no son acumulables a las de los hoteles, ya que la resolución específica para hoteles ya considera la existencia de restaurantes dentro de los mismos.

Además de EGEDA, otras entidades de gestión de derechos pueden reclamar tarifas por la reproducción de contenido en el hotel:

  1. SGAE (Sociedad General de Autores y Editores): por la reproducción de música en espacios públicos, tanto grabada como en actuaciones en vivo.
  2. AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) y AIE (Artistas Intérpretes o Ejecutantes): por la reproducción de fonogramas en zonas comunes o habitaciones.

Se recomienda verificar que las tarifas reclamadas por estas entidades sean las correctas y no haya duplicidades en los cobros.

El hecho de que la Comisión de Propiedad Intelectual haya fijado estas tarifas no impide la posibilidad de negociación. De hecho, considerando que la resolución está recurrida ante los Tribunales Contenciosos, puede existir margen para discutir ciertos aspectos de la aplicación y cuantificación de las tarifas.

Recomendamos, solicitar a EGEDA el desglose detallado de la reclamación. Revisar los contratos con proveedores de televisión o música, ya que en algunos casos estos derechos pueden estar incluidos en los servicios prestados. Confirmar que no se están aplicando tarifas duplicadas si el hotel cuenta con servicios de restauración, dado que la tarifa específica para hoteles ya incluye estos espacios. Explorar la posibilidad de negociación con EGEDA. Asesorarse sobre la posibilidad de impugnar la reclamación, si se detectan irregularidades en su aplicación o si existen razones para considerar que el importe es desproporcionado.

Si requieren asistencia adicional para analizar la reclamación en detalle o para iniciar un proceso de negociación, estamos a su disposición.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

Abogado de asesoría turística: Joana Tremba Joana Tremba Abogada especialista en asesoría legal a empresas corporativas, OTAs, fundaciones y derecho sucesorio

Licenciada en Derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (2003). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria (ICALPA) con el número 3759.

Sus primeros años de ejercicio se desarrollaron en un despacho de Abogados en Las Palmas de Gran Canaria, representando y defendiendo los intereses de particulares, nacionales y extranjeros, tanto judicial como extrajudicialmente. Asimismo, asesoró a diversas empresas encaminando su formación hacia el ámbito societario.

En el año 2008 se incorporó a MONLEXHISPAJURIS, en donde viene desarrollando su labor como abogada de empresa, así como a asociaciones y fundaciones ligadas al sector turístico con intereses a nivel internacional.

Idiomas: Castellano, Alemán e Inglés

Abogado de asesoría turística: Miquel Planas Font Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

Licenciado en Derecho por la Universidad de las Illes Balears (junio 2013). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears (ICAIB) con el número 5647.

Máster en Derecho de Sociedades por la Universidad de las Illes Balears (2015-2016)

En mayo del año 2013 se incorpora al despacho MONLEXHISPAJURIS y se especializa en Derecho Laboral y Mercantil. Actualmente desarrolla su actividad jurídica en el Departamento de Derecho Societario prestando asesoría legal a prestigiosas empresas y asociaciones del sector.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés.

Abogado de asesoría turística: José Pradel Alfaro José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 880.

Ejerce como abogado fiscalista en despacho propio desde 1978 y se incorpora como socio, en 2004, a la firma MONLEX, en la que desarrolla su actividad.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente impartiendo seminarios de formación para empresas.

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