Pregunta 1173 hace 7 años en Turoperadores
Respuesta por Mónica Julve hace 7 años
Los requisitos aplicables a los Hoteles en Andalucía vienen regulados en el Decreto 47/2004, de 10 de Febrero, de Establecimientos Hoteleros, en su versión revisada adaptada a la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.
El citado Decreto 47/2004 incluye en sus distintos anexos los requisitos que deben cumplir las distintas modalidades turísticas permitidas en la comunidad autónoma. En el caso de los Hoteles, vienen regulados en el Anexo 1, cuyo apartado 5 se refiere a las instalaciones y servicios y el punto 5.1 concretamente a Climatización, calefacción, refrigeración y agua caliente.
Pues bien, según lo previsto en el punto 5.1 del Anexo 1 del Decreto 47/2004, los hoteles de 4 estrellas deben obligatoriamente disponer de refrigeración tanto en unidades de alojamiento como en unidades de uso común.