Recientemente comentamos que existen varias vías de reclamación para los viajeros y que la negociación, la mediación y el arbitraje son las vías de mayor eficacia para resolver las disputas surgidas en torno a las vacaciones y que, además, pueden cursarse por la vía clásica u online. La Unión Europea apoya tanto la resolución alternativa de litigios como la resolución de litigios en línea por ser dos formas rápidas, económicas y seguras de alcanzar una solución. A continuación, explicaremos que la empresa turística, en aras de proteger a los consumidores turistas, debe facilitar el camino para acudir a las vías alternativas.
De este modo, es necesario que los viajeros puedan identificar fácilmente ante qué entidades de resolución alternativa competentes podrán plantear la controversia y conocer si la empresa implicada intervendrá o no en el procedimiento alternativo de resolución.
Así, cabe señalar que la empresa deberá proporcionar al viajero la información necesaria sobre las entidades de resolución alternativa y su voluntad o no de ser partícipe en las mismas. Tal información deberá ser por escrito, de forma clara y entendible así como de fácil acceso al portal web en caso de haberlo. Si mediase contrato entre las partes, también debería reflejarse la información en las condiciones generales del mismo.
Luisa González
Abogada
lgonzalez@monlexabogados.es
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta opinión no tiene comentarios.