Devolución del IVA a los turistas en España.
23 abril, 2019 (05:40:43)Los extranjeros que visitan nuestro país, que no pertenezcan a la Unión Europea pueden solicitar la devolución del impuesto sobre el valor añadido, que paguen en determinadas compras.
Por regla general, si un turista no residente en la U.E compra un bien puede solicitar el reintegro del IVA que se le cargue en factura.
Es lo que popularmente se conoce como “Tax Free”, donde el visitante extranjero se podrá ahorrar el IVA en determinadas compras.
Este beneficio es aplicable solo a los turistas que tenga su residencia habitual fuera de la Unión Europea, que deberán acreditar con su documento de identidad o pasaporte.
Así por ejemplo, Mary vive y trabaja en Estados Unidos, decide pasar las vacaciones en España durante un mes.
En este caso, la residencia de Mary es Estados Unidos, siendo un turista o visitante en España durante el mes que está de vacaciones en nuestro país.
Podrá solicitar la devolución del IVA que se le repercuta para la compra de algunos bienes.
Cómo funciona
El turista o visitante en España tiene que pagar el IVA en la tienda. No puede hacer las compras sin pagar el IVA correspondiente.
Posteriormente podrá solicitar que se le reintegre la cantidad pagada por el impuesto sobre el valor añadido.
Deberá solicitar al comercio o establecimiento, que le entregue el formulario DIVA Tax Free, caso de que el establecimiento no lo tenga, el visitante deberá solicitar factura completa.
A partir de este año 2019, se hará mediante sellado digital.
El comercio puede solicitar al visitante su pasaporte y una prueba de que está de paso en España, por ejemplo el billete de vuelta a su país de origen.
Por regla general, el turista extranjero podrá solicitar la devolución en la Agencia de Aduanas ubicadas en los aeropuertos al salir de España.
Para más información sobre el tipo de bienes, condiciones y lugares donde pedir el rembolso por parte de los turistas, les dejamos este enlace con detalle sobre devolución del IVA a extranjeros.
Muchos hoteles suelen informar a sus clientes no residentes de la Unión Europea sobre esta posibilidad, que sin duda tiene un doble impacto beneficioso.
Por un lado, mejora la percepción de atención al cliente de los negocios hoteleros, y por otro, son un buen incentivo para el comercio local de la zona hotelera.
La devolución solo es aplicable al Impuesto sobre el Valor Añadido, y no abarca otros conceptos tributarios como puede ser el pago de tasa medioambientales o turísticas.
Los residentes en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla tienen la consideración de visitantes extranjeros, por lo que pueden solicitar también la devolución del IVA en las condiciones que hemos descrito.
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