Registro de jornada: directivos y viajes
22 mayo, 2019 (12:13:34)Lo de la Jornada Laboral y su Registro va camino de hacer un “biopic” de cómo preocupar al mundo empresarial en un año de incertidumbres creando problemas que eran innecesarios, pues la ley ya regulaba las horas extraordinarias y el derecho a reclamarlas por parte de los trabajadores, ya sea ante la inspección de trabajo o ante los jueces. Solo nos dedicamos ahora a preconstituir la prueba... pero lo cierto es que en la inmensa de las empresas de este país, que son las pequeñas y micro, los pactos existentes seguirán de alguna manera... y casi me atrevería a decir que con el Registro, en alguna de ellas, en contra del trabajador. Y allí donde no sigan los pactos conllevará una reducción de puestos de trabajo o la no contratación de nuevos empleados... ”touché “ en este glorioso año de incertidumbres.
Las grandes firmas de abogados ya están corriendo para que no se les aplique por considerar que su Régimen es Especial y así lo excepciona -creen ellos-, la norma y su interpretación (el Oráculo Guía del Ministerio)... por algo será que se mueven.
En el mundo turístico debería ser igual pues no son fábricas de montaje con turnos milimétricos. Los servicios no lo son. Sin perder un gramo de reconocimiento a la dignidad de los derechos de los trabajadores tan arduamente conseguidos a lo largo del XIX y XX, este Registro así concebido se olvida que en los Servicios estamos en el siglo XXI... y que en el puesto de trabajo se mira el móvil para asuntos varios más de 10 veces al día... y se fuma en la calle. En fin... a lo que iba:
- Hasta que no haya un desarrollo vía Reglamento, que por cierto se está esperando, se recomienda que se registre de alguna manera la jornada de todos los directivos y mandos intermedios. Lo que sin duda va a requerir su especial colaboración.
La alta dirección sin embargo queda completamente excepcionada de la aplicación del Registro. (Guía Oráculo lo dice meridianamente), al menos esto sí está claro.
- Y¿los viajes?... parece ser que deben registrarse, pero solo se incluirá el tiempo de trabajo efectivo. “Por ello (dice el Oráculo), este Registro no incluirá intervalos de puesta a disposición de la empresa, sin perjuicio de la compensación mediante dietas o suplidos”, aunque a efectos de prueba lo mejor es explicar esos viajes con cómputos separados... para evitar problemas de futuro. Que los habrá... a las malas los habrá.
En fin muchas gracias a nuestros queridos líderes por facilitar la vida en este año de incertidumbres... y, desde luego, no lo tomen como una invitación a que lo intenten de nuevo.
José Antonio Fernández de Alarcón Roca
Abogado
mon-lex@mon-lex.com
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