Reino Unido: la jurisdicción y el hotelero español
26 junio, 2019 (08:54:31)En el reciente caso Lackey v Mallorca Mega Resorts SL y Anor (2019), el juez británico confirma que la demandante, que ha quedado tetrapléjica a consecuencia de un accidente en un complejo hotelero español, puede demandar al hotel español y a su compañía aseguradora ante los tribunales del Reino-Unido.
La demandante formaba parte de un grupo de 22 amigos que, a principios del verano de 2017, fueron de vacaciones a Magaluf en Mallorca. La reserva de todo el grupo fue realizada por uno de ellos, y no por la propia demandante. El 5 de mayo de 2017, la demandante se encontraba en la piscina de olas. Cuando la piscina se puso en marcha, fue volcada de su colchoneta por las olas en la parte poco profunda, sufriendo una fractura que le causó una dislocación de la columna vertebral en las cervicales.
En otro caso parecido, Keefe v Mapre Mutualidad, el Tribunal de Apelación consideró que el tribunal inglés tenía jurisdicción tanto sobre el asegurador como sobre el asegurado. El asegurado impugnó la competencia jurisdiccional de los tribunales ingleses y alegó que no era coherente con la legislación europea. El tribunal no pudo encontrar ninguna justificación posible para limitar la protección de la parte más débil en contenciosos de este tipo. Según el tribunal británico, si se exigiera al demandante que iniciara por separado un procedimiento judicial contra el hotel en España para obtener una indemnización por daños y perjuicios (por encima del límite de la póliza de seguro) y otro en el Reino-Unido contra la aseguradora, esto daría lugar a la posibilidad de que se dictaran sentencias contradictorias en el mismo asunto.
La voluntad del juez británico de basarse en la jurisprudencia Keefe v Mapre Mutualidad también puede explicarse por ser el demandante un "consumidor" a efectos de los artículos 17 y 18 del Reglamento de Bruselas. Para calificarla como consumidora, no era necesario que la demandante fuera la que había hecho la reserva, sino una participe de ese grupo.
Marc Ripoll
Abogado
mripoll@monlexabogados.es
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