Primeras demandas contra las empresas por la jornada laboral a la carta
8 julio, 2019 (10:06:06)Como era lógico, los trabajadores han iniciado sus peticiones y demandas contra las empresas para las cuales trabajan para reclamar la concesión de la jornada laboral a la carta a la que tienen derecho amparándose en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades.
El nuevo derecho que ha nacido en favor del trabajador concede la posibilidad al mismo de negociar con la empresa, la adaptación de la duración y distribución de la jornada, en la forma de prestación (incluido el teletrabajo)a efectos de facilitar la conciliación.
Como indicamos en un post anterior, el proceso es el siguiente:
“La empresa abrirá un proceso de negociación durante un máximo de treinta días. Finalizado, por escrito, comunicará la aceptación, planteará una alternativa o manifestará la negativa. En este último caso, indicará las razones objetivas, que pueden ser económicas, técnicas, organizativas y/o productivas. El trabajador tendrá derecho a solicitar el regreso a su jornada anterior cuando considere.
A partir de la negativa, el trabajador tiene veinte días para demandar a la empresa ante un Juzgado de lo Social según el procedimiento de urgencia que regula la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social. Una vez admitida la demanda (en la que podrá acumularse la acción de daños y perjuicios al trabajador), deberá celebrarse una vista en cinco días y dictarse sentencia en tres, contra la que no cabe recurso. Sólo podría recurrir el trabajador si alega vulneración de derechos fundamentales”.
Son varios los despachos que empiezan a recibir peticiones de negociación y, algunos, pleitos judiciales que puede derivar en año a la organización empresarial importante.
Nuestra recomendación es poder llevar una negociación colectiva con los trabajadores como protección y, en caso de dar alguna negativa, tenerlo bien fundamentado y por escrito, puesto que se prevé que los Tribunales puedan ser pro-trabajador en este sentido.
Os iremos informando a medida que salgan las primeras sentencias al respecto.
Miquel Planas Font
Abogado
mplanas@monlexabogados.es
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