Inspección de Trabajo Balear se pronuncia sobre el registro de jornada laboral
17 julio, 2019 (12:57:46)Desde la Jefatura de Inspección de Trabajo de las Islas Baleares se informa de algunos extremos a tener en cuenta en relación con la obligatoriedad de registro de la jornada laboral, que pueden crear dudas a trabajadores y empresarios.
En cuanto a los documentos de registro, deberán ser accesibles a trabajadores y a posibles inspectores, los cuales, éstos últimos, podrán entender que no se está cumpliendo correctamente con la obligación si no se les exhibe el documento en el mismo momento de la inspección. Además, si son en formato papel deberán indicar la hora de entrada y salida como si de un reloj se tratara, es decir, reflejando con exactitud los minutos. En caso de jornada partida se firmará cuatro veces y en caso de jornada irregular en cómputo anual se deberá firmar un pacto con el comité de empresa o con los trabajadores para dejar constancia de la irregularidad de la distribución horaria.
Se recuerda que solo están permitidas ochenta horas extras al año y que deberán ser obligatoriamente retribuidas con el precio que les corresponda por ser horas extras y que el trabajo cuya duración sobrepase de las 22:00h debe retribuirse como trabajo nocturno. Por último, aclarar que la “pausa para el café” no deberá tenerse en cuenta si antes ya no se tenía en cuenta.
Miguel Planas
Abogado
mplanas@monlexabogados.es
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta opinión no tiene comentarios.