¿Podemos proteger aún más nuestros trabajadores expatriados?
16 septiembre, 2019 (11:44:35)España está siendo capaz de consolidar un cambio en su modelo productivo, volcado al exterior, que garantiza un patrón de crecimiento más competitivo y sostenible, especialmente en el sector turístico y en las empresas proveedoras y suministradoras que le acompañan.
Como consecuencia de la intensa internacionalización de nuestra economía, las empresas turisticas y sus proveedores expatrian a un volumen creciente de personal, a un mayor número de países, incluso remotos y exóticos y por períodos de tiempo más prolongados. Esta situación, muy beneficiosa para nuestra economía, ha dado lugar a una problemática relevante en relación con la normativa en vigor que regula las cotizaciones de estas personas a la Seguridad Social.
El trabajador expatriado, se puede acoger a un convenio bilateral firmado por España con otros países y permanecer en el régimen general de España; el problema es que no hay convenio con todos los países, solo con comunitarios y 28 países extracomunitarios, y que la duración máxima prevista es de cinco años.
También, el trabajador expatriado se puede acoger al convenio especial con la Seguridad Social española, si bien dicho convenio tiene coberturas muy limitadas. O bien se puede acoger al convenio especial para emigrantes, aunque está topado en relación con las retribuciones a los trabajadores (bases máximas < 33.000 euros) y en consecuencia, no incluye a la mayor parte del personal expatriado.
Caso aparte es, si el trabajador va expatriado a un país con el que España no tiene convenio, se puede entender también que su situación es asimilada al alta, con arreglo a lo dispuesto en la Orden Ministerial de 27 de enero de 1982, si bien dicha interpretación no es siempre compartida por el personal de la Seguridad Social y por lo tanto se observa inseguridad jurídica. Hay países como Francia, que han resuelto satisfactoriamente esta circunstancia con el desarrollo de una legislación especial.
Esta circunstancia tiene como resultado que hay, en este momento, cuadros técnicos, directivos intermedios y altos directivos españoles en el exterior, que viviendo en diferentes paises durante más de 4 y 5 años se encuentran por miles en situación de incertidumbre y agravio comparativo.
En Hosteltur queremos proponer un debate constructivo sobre este tema entre empresas españolas que se preocupan y sufren esta particular situación, para diagnosticar y buscar la solución más congruente y beneficiosa para nuestros trabajadores y sus empresas empleadoras.
José Antonio Fernández de Alarcón Roca
Abogado
mon-lex@mon-lex.com
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