Medidas legislativas urgentes tras la insolvencia de Thomas Cook
30 octubre, 2019 (11:07:33)Ya somos conocedores de los efectos nocivos en las empresas turísticas y en los trabajadores que está produciendo la declaración del concurso de acreedores del grupo empresarial británico Thomas Cook.
También somos conscientes de los previsibles procesos de insolvencia tanto en España como en otros estados de la Unión Europea que pueden llevarse a cabo, procedentes de la liquidación obligatoria de la matriz del grupo, teniendo un gran impacto en el sector turístico español.
El Gobierno entiende que se trata de una excesiva dependencia de algunos de nuestros destinos de este único turoperador, principalmente en los territorios insulares de Canarias y las Islas Baleares y que, consecuentemente produce una crisis que requiere de unas medidas para paliar el alcance de consecuencias nefastas del desplome y hundimiento del Grupo Thomas Cook.
Por todo lo anterior, se publica el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, que incorpora una serie de medidas de carácter urgente dirigidas al fortalecimiento y mejora de la competitividad del sector turístico español para paliar los efectos de la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
En el caso de las empresas que se encuentran situadas en los territorios insulares, el nuevo Real-Decreto incorpora un punto relevante para los trabajadores en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística con relación a la ampliación de las bonificaciones en las cuotas de las cotizaciones de la Seguridad Social.
Esta medida podrá completarse con otras, como el aplazamiento de cuotas de cotizaciones de la Seguridad conforme a la regulación prevista en el capítulo VII del título I del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
Además, el Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas, armonizarán en el ámbito de sus respectivas competencias, la protección por desempleo y la ejecución de sus políticas activas de empleo para dar respuesta a la situación de los trabajadores afectados por esta situación excepcional.
Otro punto remarcable del Real Decreto-ley es que comprende la regulación del denominado Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística, que tendrá por objeto apoyar financieramente los proyectos que desarrollen las empresas turísticas orientados a la mejora de la competitividad del sector, en especial aquellos que contengan actuaciones de digitalización de los destinos turísticos, y de innovación y modernización de los servicios, para adaptarse inmediatamente ante la pérdida de demanda ocasionada por la quiebra del grupo empresarial Thomas Cook.
Por último, cabe destacar que la ley de subvenciones contempla una medida de financiación para atender a los afectados por la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook. Para ello, se instruye al Gobierno para que, mediante acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, apruebe una medida de financiación de hasta 200 millones de euros para atender las necesidades financieras de los afectados por la insolvencia de dicho grupo empresarial.
Asimismo la norma establece la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears (15 millones de euros y 8 millones de euros, respectivamente), de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con objeto de recuperar la pérdida de conectividad, consolidar la diversificación y mejorar el destino.
En conclusión, a pesar de la tragedia del grupo Thomas Cook, ya se están haciendo los mejores esfuerzos tomando las mencionadas medidas legislativas para poder mitigar los daños en la economía del sector, así como reflotar y ayudar tanto a las empresas del sector como a los trabajadores que han sido afectados por la insolvencia inesperada del Grupo.
Sandra Sofía Roca Bonnín
sroca@monlexabogados.es
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