El TS apoya prohibir máquinas de construcción ruidosas en los meses de julio y agosto
15 noviembre, 2019 (12:36:49)El Tribunal Supremo ha comunicado que entiende razonable y ajustada la Ordenanza municipal encargada de regular los ruidos y vibraciones del municipio de Andratx, uno de los más concurridos por el turismo Balear.
La mencionada Ordenanza municipal que fue aprobada en mayo de 2014, tiene por objeto el controlar además de prohibir el uso de diferentes máquinas picadoras de construcción durante los meses de verano de julio y agosto.
El Tribunal Supremo afirma en su fallo que la prohibición de dichos utensilios y máquinas picadoras es correcta ya que generan un exceso acústico molesto muy elevado. Esta Ordenanza está respaldada por la Directiva Europea y Nacional en relación con las emisiones sonoras al aire libre, así como la Ley contra la contaminación acústica de Baleares.
Para respaldar aún más la mencionada legislación, es de relevancia la Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo que legitima a los diferentes Estados Miembros a limitar el uso de susodichas máquinas para proteger a la ciudadanía de una exposición a ruido injustificadamente.
En virtud del artículo 23 relativo a condiciones generales a obras, edificaciones y trabajos en la vía pública de la Ordenanza municipal de Andratx, establece en su apartado 3 que, “en los meses de julio y agosto no se podrán usar máquinas taladradoras, picadoras, sin perjuicio de que implique la prohibición de obras, edificaciones y trabajos en la vía pública que podrán continuar ejecutándose dentro del horario sin el uso de dichas máquinas”. Por ello, el Tribunal Supremo entiende que no se podrán comenzar edificaciones en este periodo y así considerando atendidos los derechos fundamentales que tal limitación o prohibición de uso de máquinas picadoras protege, para así moderar el ruido y dar cierta tranquilidad y comodidad tanto a los vecinos de la zona como a los turistas en estos meses, entendidos como la temporada de alto turismo en Baleares.
Sandra Roca
Abogada
sroca@monlexabogados.es
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