Brexit: situación pendientes de todo
18 noviembre, 2019 (10:04:07)En el minuto final se consiguió la tan ansiada prórroga - que no solución - al famoso y cansino Brexit. No obstante ser ciertos dichos adjetivos, no podemos despegarnos del concepto y sus consecuencias, tan importantes para el sector Turístico en España.
Hoy estamos en que hay una prórroga del Brexit hasta el 31 de enero próximo y veremos qué pasa. Pero quizás no menos importante es que hay unas elecciones al Parlamento en el Reino Unido el día 12 de diciembre que marcarán sin duda los acontecimientos de cara al Brexit.
Parece que los de Boris pueden ganar... pero nadie es capaz de hacer predicciones desde que nos levantamos aquella mañana después de las Presidenciales americanas y no creíamos lo que decían las noticias... y menos aún tendríamos éxito en predecir los grandes acontecimientos. Vivimos no ya en un mundo líquido como decía el filósofo, sino gaseoso y peligroso... por eso creo yo que las casas de apuestas tienen tanto éxito!
Lo que si podemos contar, y no es una predicción , es el RD- Ley 5/2019 que prevé las medidas de contingencia para el Brexit y cómo afecta a nuestro sector turístico:
- se eximirá a los ciudadanos británicos de la obligación de visado para entrar en la Unión Europea durante periodos cortos tras el Brexit.
- Los ciudadanos británicos podrán viajar libremente por los países de la UE durante un maximo de 90 días en periodos de 180 días.
- si bien la UE concederá la exención de visados a los británicos de manera unilateral, será sobre el principio de la reciprocidad, es decir que los ciudadanos europeos puedan hacer lo mismo viajando por el Reino Unido.
- servicios aeroportuarios... se prevé el mantenimiento de tarifas de embarque y catering como si fuera un país de la UE hasta el 28 de febrero de 2020.
- conexiones aéreas básicas garantizadas hasta el 24 de octubre de 2020 ....tras esa fecha las compañías aéreas del Reino Unido deberán tener nuevas autorizaciones de explotación en la UE... por supuesto deberían ya estar en ello.
- revisen los contratos con empresas de UK y las implicaciones en caso de incumplimiento: jurisdicciones, ley aplicable, etc...
- mantengan una información precisa y constantemente actualizada... infórmense y valoren internamente los cambios o los riesgos.
Por supuesto que lo haremos bien y saldremos de esta, solo estar atentos a que los que mandan no interrumpan ni compliquen la actividad turística entre España y el Reino Unido, algo necesario no solo para el mundo de los negocios, sino quizás más importante, para el inmenso y profundo mundo de las relaciones humanas.
José Antonio Fernández de Alarcón Roca
Abogado
mon-lex@mon-lex.com
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