Se busca sancionar el alquiler turístico ilegal
24 febrero, 2020 (09:08:44)Va transcurriendo el tiempo y vemos cómo se van a promulgando leyes y decretos. En concreto, en relación al alquiler turístico vacacional, al ser una competencia autonómica se han ido creando y asentando las distintas normativas en cada territorio. Por ello, es necesario ver como se encuentran a día de hoy algunas Comunidades Autónomas y apreciar las diferencias dentro del régimen y procedimiento sancionador a una vivienda con alquiler turístico ilegal:
En Galicia, en mayo del año 2017, entró en vigor el decreto por el cual se regula el uso de pisos vacacionales en la comunidad. Desde entonces, alrededor de 9.700 viviendas se han registrado y dado de alta en la Xunta. Para ello, la normativa exigía ciertos requisitos (que actualmente se pretenden endurecer) que debían cumplirse por parte de los propietarios, como la obligación de dar de alta el negocio, publicar el número de registro y transmitir trimestralmente a la Xunta los datos de ocupación.
Ahora bien, desde el pasado 1 de enero es obligatorio incluir el código de actividad en el anuncio que se tenga expuesto y publicado en las plataformas online, a los efectos de evitar la competencia desleal.
De este modo, a partir de este mes de febrero, la Consellería de Cultura e Turismo empezará a sancionar a los propietarios que publiciten sus viviendas como de alquiler turístico vacacional y no estén inscritos en el Registro de Empresas e Actividades Turísticas (RETA) o simplemente no incluyan el número (pese a estar debidamente registrados). De lo contrario, la sanción que deberán afrontar los propietarios oscilaría entre los 900 hasta los 9.000 euros.
A priori, se ha calculado que alrededor del 50% de los publicitaciones en plataformas online carecen del número de registro o licencia anunciado. Y, si se atiende a los precedentes, se denunciaron 43 casos por parte de terceros que derivan en 31 sanciones, de las cuales, el principal motivo fue operar sin estar inscrito en el registro administrativo correspondiente o sin autorización.
En cuanto a las Islas Baleares, han transcurrido dos años y medio desde que se aprobó la normativa de regulación del alquiler turístico vacacional en la comunidad autónoma. En base a la misma, el Consell Insular (como órgano responsable de la actividad inspectora en materia de ordenación turística) todavía no ha procedido a imponer sanción alguna ni a particulares, ni grandes tenedores, ni a las plataformas de anuncios online.
Por el momento, el cuerpo inspector, no ha actuado de oficio sino a raíz de denuncias y, actualmente, existen 28 expedientes en trámite referentes a particulares que han procedido a alquilar sin obtener la debida declaración responsable de inicio de actividad ni el número de registro válido exigidos por el Consell. El régimen sancionador oscila entre 40.000 y 400.000 euros.
A efectos de contextualizar lo que supone el balance inspector en relación a la oferta ilegal existente, atendiendo el último recuento publicado por el mismo Consell al inicio de la pasada temporada turística, detectó en las principales plataformas publicitarias online alrededor de 1.937 viviendas anunciadas irregularmente, una cifra sorprendente si se compara con la oferta legal detectada: 1.391 anuncios.
Por último, en Madrid, el delegado de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid indicó a finales del año 2019 que el uso irregular de los pisos turísticos aumentó en Madrid de 8.000 a 11.000.
De este modo, desde el propio Ayuntamiento se empezaron a multar aquellos propietarios de viviendas turísticas que no habían cumplido con las exigencias normativas y habían hecho caso omiso a las órdenes de cese de actividad.
Actualmente existen nieve expedientes en trámite de audiencia previa, donde el propietario interesado se podrá defender previamente a la interposición a la sanción económica que pude oscilar entre los 1.000 y 3.000 euros.
Veremos cómo va procediendo las distintas Administraciones al respecto y les iremos informando.
Miguel Planas
Abogado en Monlex
mplanas@monlexabogados.es
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