COVID-19 y las modificaciones legales en el ámbito mercantil de las empresas
30 marzo, 2020 (11:39:29)El Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, establece una serie de medidas extraordinarias y urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Entre ellas, algunas de las medidas aprobadas afectan al ámbito mercantil de las empresas.
Así, según el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, durante el período en que esté vigente el Estado de Alarma las empresas deberán adoptar una serie de medidas excepcionales con el fin de garantizar la continuidad de la actividad empresarial en un entorno de crisis sanitaria como en el que nos encontramos. Pero esas medidas no sólo afectan al ámbito laboral (introduciendo por ejemplo medidas que faciliten el teletrabajo), sino que obligan a todos los órganos de la empresa.
Tanto los Consejos de Administración como en su caso, la Junta General de Accionistas deberán también adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Real Decreto-Ley 8/2020. La celebración de sesiones por medios telemáticos, la adopción de acuerdos sin sesión, o las votaciones por escrito, por ejemplo, son algunas de las medidas que muchas empresas deberán adoptar aun cuando sus estatutos sociales no lo tuvieran previsto.
Otras obligaciones mercantiles podrían también verse afectadas por las nuevas medidas aprobadas. Así, y a pesar de que los plazos tributarios no se han visto afectados, sí podría entenderse que otros plazos quedan en suspenso durante la vigencia del Estado de Alarma, reanudándose una vez que la situación se restablezca. Entre otros el plazo para la formulación de cuentas, o para su aprobación por la Junta General de Accionistas. En definitiva, muchos son los ámbitos de la vida empresarial que se verán afectados por las nuevas directrices aprobadas a raíz de la crisis del COVID-19.
Durante los próximos días y a la vista de las normativas que se vayan aprobando, quedará configurado el nuevo sistema de funcionamiento empresarial. Y a buen seguro que algunas de las medidas que se adopten perdurarán aún después de la vigencia del Estado de Alarma.
Mónica Julve
Abogada en MONLEX
mjulve@monlexabogados.es
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