El ajuste de la renta en tiempos de covid ¿qué opinan nuestros tribunales?
4 diciembre, 2020 (09:17:07)Desde hace algún tiempo venimos asistiendo con interés al análisis de las nuevas resoluciones judiciales que se dictan en materia de la rebus sic stantibus. Y es que cada vez son más los tribunales que, ante la evidente caída de ingresos del sector, están aceptando el ajuste de las rentas que muchos establecimientos turísticos deberían abonar según el contrato suscrito en su día
Así, si hace unos días nos hacíamos eco del auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Benidorm, y más tarde del auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Albacete, que reconocían el derecho del arrendatario a una reducción de hasta el 60% de la renta correspondiente al año 2020, ahora es el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barakaldo el que ha dado un paso más, reconociendo no sólo el derecho a un ajuste en la renta correspondiente al año 2020, sino la adopción de una serie de medidas cautelares consistentes en la suspensión de las garantías prestadas por la arrendataria (prohibiendo su ejecución y obligando a la comunicación a las entidades bancarias pertinentes), la prohibición de interponer una acción de desahucio y el establecimiento un período de carencia para el pago de la renta mientras dure el Estado de Alarma.
El auto fija asimismo una renta de alquiler provisional consistente en una renta variable calculada en función de los ingresos del arrendatario.
Es evidente que poco a poco, como ya adelantábamos en posts anteriores, nuestros tribunales están fijando las bases de lo que, a buen seguro, será el contenido de muchas negociaciones en los próximos meses. Porque si bien los propietarios siguen defendiendo su derecho a recibir una renta pactada y negociada, los arrendatarios que se han visto afectados por el Covid-19 se ven en muchos casos ante la imposibilidad de atenderlas.
En estos momentos, y viendo la cantidad de resoluciones judiciales que se han venido dictando en el mismo sentido, podríamos afirmar que el derecho de los arrendatarios a exigir un ajuste de la renta está prácticamente reconocido. Y si bien el importe de ese ajuste dependerá en última instancia de los acuerdos que las partes finalmente alcancen, lo cierto es que también ese incremento se ha ido definiendo a través de las resoluciones judiciales a las que hemos tenido acceso durante estas últimas semanas.
Porque si bien en un principio nos remitíamos a las sentencias dictadas en anteriores ocasiones, que en el mejor de los casos reconocían al arrendatario la posibilidad de rebajar la renta en un 20%, las últimas resoluciones dictadas en relación con las rentas de 2020 reconocen ajustes del 50% e incluso del 60% en algunos casos.
Y es que no cabe duda de que la crisis causada por el Covid-19 excede con creces a cualquiera de las crisis a las que hayamos podido asistir en los últimos tiempos. Y el impacto que ha tenido sobre el sector del turismo también. Por eso resulta necesario que se adopten medidas que permitan y garanticen la continuación del sector. Y el aporte de los tribunales, reconociendo el derecho de los arrendatarios a exigir un ajuste en el importe de la renta del año 2020, es un paso más.
Mónica Julve
Abogada de MONLEX
mjulve@monlexabogados.es
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