Nuevas bolsas de plazas turísticas para Mallorca
8 enero, 2021 (03:49:04)El 9 de julio de 2020, el Consejo de Mallorca aprobó el Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos de Mallorca (PIAT), publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 126, de 16 de julio de 2020, y que entró en vigor el 17 de julio de 2020.
Sobre este PIAT cabe destacar el artículo 17 en relación a la bolsa de plazas turísticas, el cual estipula que con la entrada en vigor del PIAT se cancela la bolsa existente de plazas para los alojamientos turísticos y las estancias turísticas en viviendas residenciales y, en su lugar, se crean dos bolsas nuevas de plazas diferenciadas, una para alojamientos turísticos y otra para estancias turísticas en viviendas residenciales, siendo las plazas no transferibles de una bolsa a la otra.
El objetivo principal es el de contención y de decrecimiento progresivo dentro de los márgenes fijados en el PIAT.
Con el mismo fin de cumplir el objetivo principal, el PIAT determina, en la disposición adicional octava, que con efectos desde su entrada en vigor, el órgano gestor de las bolsas de plazas turísticas debe emitir una resolución que tendrá que especificar el número total de plazas de cada una de las bolsas, la cual deberá publicarse en el BOIB.
A raíz de lo anterior, en el mismo documento se estableció la suspensión de la tramitación de nuevas adquisiciones y de reserva de plazas turísticas hasta que se haya adoptado y publicado la resolución del órgano gestor de las bolsas de plazas turísticas a la que se refiere la 2 Disposición adicional octava. Por tanto, la activación de las bolsas de plazas turísticas quedaba supeditada a la resolución referida.
El PIAT establece que en dicha resolución se tiene que especificar el número total de plazas de cada una de las bolsas, de acuerdo con las operaciones aritméticas y las previsiones especificadas en el artículo 17 y en la transitoria novena del PIAT.
Pues bien, el pasado 9 de diciembre de 2020 se dictó Resolución por el Presidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos respecto del número de plazas turísticas disponibles en la isla de Mallorca, con relación a la aprobación definitiva del Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos de Mallorca (PIAT), durante el plazo de adaptación del planeamiento urbanístico municipal al PIAT, que es de cuatro años, desde el momento de la entrada en vigor de este Plan, el 17 de julio de 2020.
En la misma se dispone que, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/2012 y en el Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos, el número de plazas turísticas que conforman las bolsas de plazas y que, por lo tanto, el Consorcio puede poner a disposición es:
-Para alojamientos turísticos: 12.413.
-Para viviendas objeto de comercialización turística: 13.217.
No obstante lo anterior, establece posteriormente que el número máximo de plazas turísticas que el Consorcio puede poner a disposición, durante el periodo de cuatro años de adaptación de los planeamientos urbanísticos municipales al PIAT, es:
-Para alojamientos turísticos: 7.413.
-Para viviendas objeto de comercialización turística: 7.217.
Así, dictada esta resolución, y según lo previsto en el PIAT, a partir de ahora deberá distinguirse entre los dos tipos de bolsas creados: una para alojamientos turísticos y otra para estancias turísticas en viviendas residenciales.
Camila Ortiz Castro
Asesora Legal
mon-lex@mon-lex.com
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