Unión Europea: ¨Y que no se nos olvide el medioambiente... ¨
8 febrero, 2021 (14:01:46)A pesar de la faena tanto sanitaria como económica que está causando el brote del Covid-19, no debemos olvidarnos del importante ámbito medioambiental del cual todos los EEMM deberán finalmente transponer la directiva emanada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea 2019/904 del 19 de diciembre relativa a la reducción del impacto de plásticos de un solo uso.
Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 3 de julio de 2021, y con ello Informarán de ello inmediatamente a la Comisión.
Los objetivos de la presente Directiva son prevenir y reducir el impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, en particular el medio acuático, y en la salud humana, así como fomentar la transición a una economía circular con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenibles, contribuyendo así también al funcionamiento eficiente del mercado interior. Por lo que fomenta los planteamientos circulares que dan prioridad a los productos reutilizables, sostenibles y no tóxicos y a los sistemas de reutilización frente a los productos de un único uso, con el objetivo primordial de reducir la cantidad de residuos generados.
En cuanto al ámbito de aplicación la Directiva 2019/904 se aplica a los productos de plástico de un solo uso, a los productos fabricados con plástico oxodegradable y a los artes de pesca que contienen plástico.
Cabe añadir, que los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para lograr una reducción ambiciosa y sostenida del consumo de los productos de plástico de un solo uso, en consonancia con los objetivos globales de la política de residuos de la Unión, en especial la prevención de residuos, con el fin de invertir de manera significativa las tendencias de consumo creciente. De aquí a 2026, dichas medidas tendrán que lograr una reducción cuantitativa medible del consumo de los productos de plástico de un solo uso, en el territorio de los Estados miembros, en comparación con 2022.
Las medidas aportadas por cada uno de los EEMM, podrán incluir objetivos nacionales de reducción del consumo, medidas que garanticen que se ofrecen alternativas reutilizables a los productos de plástico de un solo uso al consumidor final en el punto de venta, instrumentos económicos que garanticen, por ejemplo, que no se ofrecen al consumidor final esos productos de plástico de un solo uso de forma gratuita en el punto de venta. Los Estados miembros podrán imponer restricciones a la comercialización con el fin de prevenir que dichos productos se conviertan en basura dispersa y para que sean sustituidos por alternativas que sean reutilizables o que no contengan plástico.
Por todo lo expuesto anteriormente, y teniendo en cuenta que la mencionada Directiva emanó en 2019 empieza la cuenta atrás para todos los Estados Miembros de la Unión Europea y que a más tardar el 3 de julio de 2021, los Estados miembros deberán haber transpuesto dicha Directiva para así finalmente empezar a tomar consciencia real del medioambiente.
Sandra Sofia Roca Bonnin
Abogada de MONLEX
sroca@monlexabogados.es
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