La norma que viene: ley de cambio climático y transición energética
5 mayo, 2021 (12:52:56)Con la crisis sanitaria y económica que estamos atravesando estos tiempos, seguramente la mayoría de empresas como es lógico, no estarán discurriendo sobre la importancia y la preocupación existente en relación al cambio climático.
Se trata de un momento complicado donde la cuestión medioambiental ha quedado un poco en un segundo plano, aunque esto no significa que sea una cuestión menos importante o se deba desatender este ámbito, ya que dentro de la responsabilidad social de las empresas el medio ambiente es uno de los factores fundamentales a tener en cuenta y su atención en la gestión de la empresa resulta esencial.
El principal objetivo que las empresas deberían tener en cuenta es, a parte de atenerse a las leyes emanadas del poder legislativo, mitigar al máximo la situación del cambio climático adaptándose a las diversas oportunidades de negocio. Aunque no parezca de este modo, la cuestión del cambio climático se encuentra dentro de una de las grandes preocupaciones para las empresas sobre el riesgo corporativo. Dentro del riesgo que comprende el cambio climático existen diferentes problemáticas asociadas al mismo como; multas y sanciones por no cumplir con los mínimos legislativos, además de un riesgo financiero, el cumplimiento de los requisitos de transparencia financiera, etc.
Los riesgos para las empresas de la ley de cambio climático son, en función de su segmento de negocio, cada empresa tendrá que hacer frente a los riesgos específicos derivados del nuevo marco que establecerá la ley de cambio climático en España. Sin embargo, sí existirán una serie de riesgos comunes asociados a la huella de carbono de cada empresa, la transparencia y las inversiones sostenibles.
En el plazo máximo de un año tras la publicación definitiva de la ley, el Gobierno establecerá qué empresas deberán calcular y publicar su huella de carbono, así como los términos para hacerlo de forma transparente y accesible. Las empresas afectadas por dicha obligación deberán contar también en consecuencia con un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el que queden claros los objetivos y las herramientas para alcanzarlos.
Por otro lado, la ley establece un marco para mejorar las decisiones de inversión y la evaluación de los riesgos y las oportunidades de las mismas. Entre otras cosas, se obligará a las grandes empresas y las entidades financieras a ser transparentes con la información de sus activos y a establecer objetivos de descarbonización.
En definitiva, además de una serie de riesgos transaccionales y específicos de cada sector, la ley supondrá una nueva fuente de riesgos de compliance o cumplimiento legal derivados del nuevo marco normativo al que deberán adaptarse las empresas.
Por todo lo anterior cabe concluir que, el llevar a cabo una eficaz respuesta desde el punto de vista de la empresa equivale a un modelo productivo mucho más sostenible y eficiente frente a la problemática del cambio climático exigiendo una combinación de circunstancias que todas las empresas deberán respetar aportando su granito de arena para así poder mitigar los daños reales que este produce.
Sandra Sofía Roca Bonnin
Abogada de MONLEX
sroca@monlexabogados.es
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