Taylor versus TUI UK Ltd.: pericial e intoxicación alimentaria
21 julio, 2021 (03:24:43)El demandante enfermó, en junio de 2015, durante sus vacaciones en un hotel de Sharm El-Sheikh (Egipcio). El paquete vacacional fue contratado a través de TUI UK Ltd. En base a la legislación aplicable a los viajes combinados (The Package Travel and Linked Travel Arrangements Regulations 2018), el turoperador podía ser considerado responsable de la alegada enfermedad, en caso de que la demandante consiguiera demostrar que la gastroenteritis sufrida por la misma fue causada por alimentos servidos en el hotel y contaminados por un patógeno.
Las reclamaciones por daños personales presentadas ante un turoperador británico requieren a menudo de un informe pericial: sobre la ley aplicable, la normativa local (seguridad, edificación, etc.), o la alegada causa de la enfermedad. Así, la demanda se basaba en la prueba médica del Dr. Al-Shamas, según la cual durante su estancia en el hotel, la demandante consumió alimentos contaminados con agentes patógenos que le causaron una gastroenteritis aguda.
El turoperador solicitó, a través de una orden, que se le permitiera “interrogar al perito médico de la demandante, el Dr. Al-Shamas, en el juicio cuya fecha estaba aún por fijar". El abogado de la demandante se opuso, considerando que el juez incurrió en un grave error al ordenar que se permitiera al demandado interrogar al Dr. Al-Shamas durante el juicio. Para hacerlo se basó en el art. 35.2 de la legislación procesal civil sobre prueba pericial. Dicho artículo establece que “si una demanda es de escasa cuantía o en el procedimiento abreviado (fast track), el tribunal no ordenará a un perito que asista a una audiencia a menos que sea necesario hacerlo en el interés de la justicia.”
El recurso de la parte demandada se basaba principalmente en la reciente sentencia Griffiths v TUI UK Limited [2020], en la cual el juez consideró que el informe médico proporcionado por el demandante era defectuoso en varios aspectos materiales y que, por tanto, el nexo causal entre servicios prestados y alegada enfermedad no había sido establecido.
Según el juez del presente caso, no había ninguna justificación para que el turoperador demandado exigiera que el Dr. Al-Shamas asistiera al juicio, al no haber indicios de que su informe fuera de alguna manera defectuoso o de que sus conclusiones no pudieran sostenerse. El plantear preguntas al perito no justificaría en absoluto que se le llame para testificar. Correspondería a la parte demandada señalar las cuestiones concretas sobre las cuales desea interrogar al perito.
La posible estrategia para un turoperador demandado es, después de haber hecho las preguntas al perito “Part 35”, tratar de persuadir al juez de que debería tener derecho a obtener su propio informe pericial, demostrando para esto que el experto se ha equivocado señalando un error o deficiencia en su informe. Otra posibilidad es pedir al Tribunal que ordene que un experto sea conjuntamente instruido. Por tanto, el juez sentenció que el juicio debía continuar sin que el Dr. Al-Shamas preste algún tipo de testimonio oral o contrainterrogatorio.
Esta sentencia podría tener un impacto en la defensa de los turoperadores ante reclamaciones recibidas por enfermedad gástrica, siendo la cuestión de la causalidad un punto clave a tener en cuenta y exponer. De las conclusiones del juez se entiende que el permiso para interrogar al perito médico sólo debe concederse en casos excepcionales, cuando deficiencias del perito han sido claramente identificadas en su informe.
Marc Ripoll
Abogado de MONLEX
mripoll@monlexabogados.es
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