Se aprueba la primera Ley de Vivienda en España
3 febrero, 2022 (09:23:46)Tras dos años de negociaciones y controversias, finalmente el martes día 1 de febrero del año 2022 fue el día que se aprobó por el Consejo de Ministros la nueva ley de vivienda en España. Ahora, el proyecto de ley será remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia. Para su aprobación definitiva, el texto deberá ser ahora negociado por los socios parlamentarios del Gobierno, los cuales ya han anunciado la presentación de enmiendas.
Tengan en cuenta que esta ley es la primera que viene a intervenir el mercado de arrendamiento a escala nacional y, mediante la misma, el Gobierno español reconoce las competencias de cada una de las Comunidades Autónomas en materia de vivienda que permitirá poner a su disposición aprobar las herramientas que consideren precisas para ayudar a hacer efectivo tal derecho básico.
La citada norma, sucintamente, abarca los siguientes mercados:
1. Ventajas para reducir el precio del arrendamiento a los llamados “pequeños propietarios” (menos de 10 viviendas bajo su titularidad).
Se prevé tres tipos de bonificaciones:
- Bonificación del 50% para los propietarios que procedan a alquilar su viviendas
- Bonificación del 70% si se arrienda a jóvenes de entre 18 y 35 años, por primera vez.
- Bonificación del 90% si se realiza el alquiler en una de las llamadas “áreas tensionadas”
2. Limitaciones de alquiler a los considerados “grandes propietarios”(personas físicas o jurídicas con más de 10 viviendas bajo su propiedad).
Dichas propiedades deberán adaptar el precio de sus arrendamientos al índice de referencia de la zona en la que se localicen dichos inmuebles. Desde su aprobación, se concederá un plazo de año y medio para establecer el índice indicado.
3. Aumento de impuestos para las propiedades vacías, en aras de incentivar su salida a mercado.
El Gobierno español pondrá a disposición de las CCAA que, las que lo soliciten, podrán aplicar el control de precios en zonas tensionadas y, con ello, las comunidades autónomas podrán decidir si aquellas viviendas que lleven vacías más de dos anualidades y cuyo propietario tuviere más de 4 viviendas en el mismo municipio, se les aumenta la tasa del IBI hasta un 150%.
4. Regulación de los desahucios
Se prevé realizar una mejora de comunicación entre los servicios sociales y los organismos judiciales a efectos de dotarla de más celeridad y efectividad. Asimismo, se prevé aumentar el plazo de uno a dos meses para fijar el lanzamiento de los desahucios cuando el titular de la vivienda es una persona física y de tres a cuatro meses cuando es una persona jurídica.
5. Alquileres públicos en las nuevas promociones de viviendas.
Las nuevas promociones de obra nueva deberán incluir una reserva del 30% de viviendas destinadas al parque público (y el 15% debe ser destinado a alquiler social).
Miquel Planas
Abogado de MONLEX
mplanas@monlexabogados.es
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