Equiparación del despido entre temporal y fijo llega a la empresa privada
27 octubre, 2016 (16:59:32)El Tribunal Superior de Justicia Vasco ya reconoce en una Sentencia de hace unos días la aplicación a un trabajador temporal con contrato por obra y servicios de la indemnización por extinción del mismo de 20 días por año trabajado, en lugar de 12 que prevé la ley. Recordemos que el Tribunal de Luxemburgo a una cuestión prejudicial planteada por el TSJ de Madrid, sentenció en el caso de la interina que trabajaba para el Ministerio de Defensa, que su contrato temporal estaba injustamente considerado en la ley laboral española frente a los indefinidos. En definitiva, que debían equipararse las indemnizaciones. El TSJM resolvió el pasado 5 de Octubre otorgando 20 días a la trabajadora. Posteriormente, otra sentencia del TSJ de País Vasco reconocía dicha equiparación entre temporales y fijos a otro trabajador del Sector Público. Ahora, con la sentencia de hace unos días, también del TSJPV, se ha dado el salto al Sector Privado.
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