Mejoras laborales de las personas al servicio del hogar
9 septiembre, 2022 (18:05:59)Entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022 para las mejoras de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar: novedades destacables
En el día de hoy ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 16/2022 para las mejoras de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, con el objetivo de equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena.
La andadura en esta equiparación se inició con el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, que configuró un sistema de equiparación progresiva de la normativa laboral y de Seguridad Social, que hasta la fecha no se ha concluido.
Reflejo judicial de esa necesidad de equiparación lo encontramos en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de este mismo año, en concreto del 24 de febrero que viene a subrayar que la exclusión de la prestación por desempleo y de la obligación de cotizar por dicha contingencia implica la imposibilidad de que las personas trabajadoras al servicio del hogar familiar accedan a otras prestaciones de Seguridad, de manera que esta mayor desprotección se traduce asimismo en una situación de mayor vulnerabilidad y desamparo.
Ahora, en virtud del nuevo Real decreto Ley las personas afectadas podrán empezar a cotizar por la prestación de desempleo a partir del 1 de octubre y será en esa fecha cuando entren en vigor los beneficios en la cotización para los empleadores que tengan contratado un trabajador-a al servicio del hogar con una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social.
La norma va más allá, llegando a prever una bonificación del 80 por ciento en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía.
El decreto establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas al mes por empleador, eliminándose así la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
Otra de las novedades importantes que se producen tras la entrada en vigor de este nuevo decreto, es la incorporación a las empleadas del servicio doméstico a la prevención de riesgos laborales y la desaparición del ordenamiento jurídico de la figura del desistimiento unilateral del empleador en caso de despido, con lo que se les da la protección ordinaria general frente a las situaciones de despido.
Derivado de ello, la extinción de la relación laboral-sin perjuicio de las causas comunes previstas en el Estatuto de los Trabajadores-sólo podrá producirse por causa justificada en atención a las particularidades de la relación laboral en el hogar, contemplándose como tales la disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de su gastos por circunstancia sobrevenida, como por ejemplo la pérdida del trabajo o la declaración de incapacidad para el trabajo de la persona empleadora; la modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar, como podrían ser, entre otras, la asunción de las citadas tareas por entidad pública o el cambio en las necesidades de cuidado de algún miembro de la unidad familiar; así como el comportamiento de la persona trabajadora que fundamenta de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.
Importante también por las garantías que ello supone es la incorporación de formalidad de contratos por escrito, así como el derecho de información y medidas para atender la formación de los y las trabajadoras del servicio doméstico.
Sin duda, constituye esta norma un importante avance en la equiparación de las condiciones laborales y de Seguridad Social de las empleadas de hogar con el resto de trabajadores, superándose así una desigualdad histórica, carente de justificación.
Carolina Ruiz
Abogada de MONLEX
cruiz@monlexabogados.es
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