Cambios en el Código Penal útiles en zonas turísticas de España
19 septiembre, 2022 (13:15:33)Hay cambios normativos en el ámbito del Derecho Penal que se han producido o se van a producir que tienen indudable repercusión en el ámbito turístico, y que a veces pueden pasar desapercibidos. Intentaré explicarme:
- En muchos destinos turísticos españoles la incidencia delictiva de baja intensidad es un problema serio, especialmente en aquellos destinos mal denominados “maduros”. En estos sitios, esa situación se agrava o mantiene la percepción que se agrava, generando una mala reputación al referido destino y molestias a los turistas y residentes. Me estoy refiriendo a los hurtos continuados en las zonas de ocio y en las playas, incluso en los Hoteles. Pero también me estoy refiriendo a la prostitución en la calle que no solo evidencia un problema de trata de blancas, sino que molestan y roban a los clientes de modo descarado.
- Pues bien, hay nuevas herramientas para luchar en el 2023 de modo decidido (reconozco mi exceso de optimismo pero la verdad es que los instrumentos están ahí) y dependerá de cómo lo sepamos hacer valer ante la Administración de Justicia, ante la Policía y ante los dirigentes políticos.
- Hurto Multirreincidente: el pasado 29 de Julio, se publicó en el BOE la modificación al art. 234, apartado 2 del Código Penal, al objeto de ofrecer “una respuesta adecuada a los casos de multirreincidencia por hurto”. Con la reforma que entró en vigor a finales de agosto, se puede sancionar más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400.-€ cuando se producen de forma multirreincidente. En este caso, se aumenta la pena y se fija la prisión de 6 a 18 meses. De esta forma se consigue dar a los casos de multirreincidencia una respuesta penal más disuasoria y ajustada a la gravedad de la conducta, según apunta el epígrafe del BOE. Todos sabemos además, que muchas veces estos hurtos son cometidos por bandas organizadas, que ahora deben saber que podemos ir a por ellos impulsando las denuncias a través del apoyo del Sector o a través de sus Asociaciones. También sería bueno apoyar medias cautelares de alejamiento de las personas que realizan este delito, presionando sobre ellas y sobre las bandas organizadas para que abandonen esos destinos turísticos
- Penalización de la prostitución: hay una proposición de Ley para agravar penalmente las conductas vinculadas a la prostitución que está en trámite de enmienda en el Congreso. El texto definitivo se remitirá al Senado y posteriormente en caso de aprobación definitiva se publicará en el BOE. Si la propuesta del PSOE se aprobara con la redacción actual, los instrumentos para actuar contra la prostitución de modo eficaz se amplían pues el hecho de facilitar la prestación del lugar donde se ejerce (ya puede ser un simple casero de un apartamento o una organización en un local) o el hecho de ser consumidor de dichos servicios sexuales (cliente o familiarmente llamado ”putero”) entrarían dentro del tipo penal y podrían ser actos constitutivos de delito. Además de ser detenidos y encarcelados. Por tanto, alquilar un inmueble (hoteles, bares, viviendas) para que se presten servicios sexuales de prostitución o simplemente consumir este tipo de servicios por los clientes (ojo pueden ser turistas o residentes), puede ser castigos hasta con 24 meses o más años de prisión, según la gravedad.
Ambas iniciativas son necesarias desde luego en las zonas turísticas afectadas por esa sensación de impunidad que conlleva la práctica de estas actividades afectando sin duda la reputación de esas zonas y generando malestar entre los turistas y vecinos. Atentos a estas normas, pues las Asociaciones Hoteleras y defensoras de las mejoras y excelencias del Sector deben prepararse para estudiar dichas normas y exigir su cumplimiento colaborando con la justifica y sobre todo con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Solo así pasaremos de la queja a la acción…. O eso espero.
José Antonio Fernández de Alarcon Roca
Abogado, Socio Fundador de MONLEX
mon-lex@mon-lex.com
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