El bucle del alquiler vacacional y la mal llamada economía colaborativa
11 noviembre, 2016 (16:34:22)El alojamiento para visitantes es una de las industrias que prevé la OMT como parte del turismo. Pero, ¿es un empresario turístico aquél que ofrece el alojamiento? Según explicó en Palma, en una jornada de apd (Asociación para el Progreso de la Dirección), el abogado socio de Monlex Hispajuris, José Antonio Fernández de Alarcón, la definición de empresario está clara desde 1885 en España, y según esa definición, recogida en el Código de Comercio, las preguntas claves son: ¿existe habitualidad? ¿ existe lucro? ¿existe un canal de comercialización?
Así pues, queda claro que quien ofrece un alojamiento a un visitante, lo hace de forma habitual, cobra por ello y se publicita de alguna manera para conseguirlo es, efectivamente, un empresario turístico. Así, la señora que tiene un piso en Airbnb o cualquier otra plataforma y lo alquila habitualmente a visitantes, cobrando por ello; el propietario que tiene en esa u otra plataforma tres apartamentos; o aquél que alquila su casa de la playa, son tan empresarios turísticos como cualquier hotelero. Sin embargo, ¿por qué no se ven sometidos a ningún control legal ni al pago de impuestos?
Toda la normativa que rige el sector turístico y el alojamiento turístico debería ser también aplicada a esos casos. Y no solo esa normativa: también toda la que se aplica para la defensa de los consumidores, e incluso la que se aplica a la prestación de servicios (en materia laboral, de limpieza, etc.). Es lo que pidió CEHAT ante el informe lanzado por la UE que declaraba a la "economía colaborativa" como una oportunidad de crecimiento para Europa, "ya que permite crear una nueva demanda y nuevos consumidores", aunque reconociendo que no debe tratarse de una economía paralela sino que todos los Estados miembros deberían aplicar normas comunes, aun inexistentes. Bruselas rechazó, entonces, prohibir las plataformas de alquileres vacacionales, tal y como informamos en "Bruselas rechaza la prohibición de las plataformas de economía colaborativa".
La verdad es que en ese momento la UE se mostró alarmantemente blanda, defendiendo que la exigencia de licencia debería aplicarse sólo "si es estrictamente necesario para cumplir objetivos de interés público" y optando por un enfoque buenista de pedir "a las plataformas que actúen de manera muy responsable, con medidas voluntarias para mejorar la confianza de los consumidores". A pesar de esta tibieza, CEHAT valoró que veía “reflejadas sus demandas de una regulación eficiente, ya que en ningún momento se ha pretendido prohibir estos modelos de negocio sino la exigencia de igualdad de condiciones para la oferta reglada y los nuevos actores económicos”. Y es que los hoteleros españoles reconocían en las palabras de la UE su argumento de que "los proveedores de servicios que los ofrecen de forma permanente deben considerarse comerciantes y sus actividades deben ser consideradas como actividades empresariales” (ver: Soluciones e incertidumbres en el informe europeo de economía colaborativa).
Entonces, si todo está tan claro, ¿por qué cuesta tanto a la Administración entrar a regular la vivienda vacacional? ¿Y por qué seguimos utilizando la expresión "economía colaborativa" si para serlo, y en buena lógica, los propietarios de la plataforma deberían ser los usuarios? Siempre he pensado que porque, en el fondo, afecta a mucha gente, a muchos votantes que se sacan un dinerillo alquilando a los turistas ese apartamento que tenían cerrado, o el piso que les dejó la abuela al morir. Y porque nos hemos dejado seducir por un concepto bonito que tiene muy poco que ver con la realidad. Los representantes de los hoteleros no acaban de animarse a un enfrentamiento abierto con la Administración, que es quien tiene que ponerse a regular en vez de mirar para otro lado. Y a su vez, la Administración tampoco se decide a un enfrentamiento con los particulares que están alquilando viviendas. ¿Y entonces? ¿Cómo salimos del bucle?
José Antonio Fernández de Alarcón se lo dijo claramente en Palma a la representante del Govern Balear: no vayan contra el particular, vayan contra la plataforma que comercializa esas viviendas. Si no se las pueda implicar, exigirles control y que sean ellas quienes colaboren con la Administración -como ocurre en algunos lugares de EEUU, donde las plataformas recaudan las tasas turísticas y las pagan luego al Ayuntamiento-, el camino que queda es hacer que un juez suspenda la plataforma y su sistema de pagos, algo que es posible según el socio de Monlex Hispajuris. Sin embargo, parece que en España seguimos viendo qué ocurre en el mundo sin decidirnos a actuar, con el inconveniente de que para resolver un problema global no basta con una estrategia y una norma global, sino que cada Comunidad Autónoma tiene algo que decir. Sólo algunas, con Cataluña a la cabeza, lo han entendido.
El auténtico debate, pienso, no está en el producto, ni en la demanda, ni siquiera en el concepto. El auténtico debate es decidir a qué marco regulatorio corresponde esta actividad, si a la normativa que atañe a la industria turística o si a la normativa que atañe al sector inmobiliario. El alquiler de viviendas vacacionales, pienso, va mucho más allá de "dar utilidad a viviendas vacías" y es cierto que puede modificar, por el uso, el planeamiento urbanístico de una ciudad y la política de sostenibilidad de un territorio.
En la misma jornada, el doctor en Economía y director técnico de la Fundación Impulsa Baleares, Antoni Riera, explicó que en realidad los alquileres vacacionales son solo uno de los muchos elementos del ecosistema turístico, que va mucho más allá del alojamiento. "Pedimos normas -reflexionó-, pero en realidad una norma despliega una estrategia. ¿Cuál es nuestra estrategia?", y me temo que ni en Baleares ni en España en general, esa estrategia existe.
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