Partes de entrada y libro-registro de viajeros: ¿cómo se cumplimentan?
21 diciembre, 2016 (07:38:07)Las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades relevantes para la seguridad ciudadana, entre las que se incluyen las actividades de hospedaje, están obligadas a llevar un registro de entrada de viajeros así como a presentar esos datos ante las autoridades policiales. Son los conocidos como partes de entrada y libro registro de viajeros.
Se trata de unos formularios en los que deberán incluirse los datos, incluido DNI o pasaporte, de todas aquellas personas mayores de 16 años que se alojen en un establecimiento, con independencia de que sean españoles o extranjeros.
Los formularios podrán cumplimentarse por medios manuales o informatizados, pero es importante que sean firmados personalmente por el cliente.
Una vez cumplimentados y firmados, los impresos se incorporarán a un libro-registro que quedará en poder del establecimiento, si bien a disposición de los miembros y fuerzas de seguridad del estado, de forma que el establecimiento deberá exhibirlo cuando sea requerido para ello.
Adicionalmente, el establecimiento deberá remitir a las dependencias policiales la información contenida en los partes de entrada, de forma que la Policía tenga constancia de las personas que están alojadas en cada momento en cada uno de los establecimientos. La remisión de estos datos podrá realizarse por correo, fax o email, o incluso presentando directamente copia de los partes cumplimentados en la Comisaría de Policía. El modo de remisión quedará a elección del establecimiento, pero deberá informar previamente a las dependencias policiales del medio que utilizará habitualmente.
En cuanto a los establecimientos obligados a llevar este tipo de registro son todos aquellos establecimientos de hostelería, así como los campings, apartamentos, bungalows y alojamientos similares. En definitiva, todos aquellos establecimientos dedicados de modo profesional o habitual a proporcionar una estancia o habitación a cambio de un precio.
Mónica Julve
Abogada
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