El marco global de las compañías de internet y de la economía colaborativa
21 febrero, 2017 (13:16:25)Internet y las compañías que basan su actividad en la Red han supuesto una nueva forma de hacer negocios. El instrumento de la Red explica su rápida expansión y su carácter global. Su desarrollo e implantación implican su continuidad y su consolidación. Los sectores de actividades económicas tradicionales que se han visto afectados, entre ellos el turismo y el transporte, después del choque inicial, han aceptado esta realidad y han evolucionado de un inicial rechazo radical a pedir que se establezca un marco regulatorio que asegure la igualdad en la competición de todos los actores.Esta posición es más realista y madura ya que está en concordancia con las líneas de pensamiento que se están consolidando en América y en Europa respecto a todos los servicios on-line.
El punto de partida es que estos servicios han gozado de una situación excepcional definida por la ausencia total de reglas que les otorgaba un estatuto de irresponsabilidad frente a los usuarios de sus servicios y al conjunto de la sociedad.A medida que se ha ido percibiendo que tanto los usuarios de los servicios on-line como terceros podían resultar afectados en sus derechos económicos y de imagen, el principio de que las plataformas digitales no eran responsable ya que se limitaban a facilitar el contacto entre el proveedor de bienes y servicios y el adquirente o usuario de los mismos ha ido perdiendo aceptación, tal como se manifiesta en las legislaciones americana y de la Unión Europea como en las resoluciones judiciales.
Cada vez es más difícil aceptar el argumento de Google o Facebook de que no son responsables de las informaciones que publican, y de Airbnb de que no asumen responsabilidad por las acciones de los anfitriones y huéspedes, o de Uber de que no necesita cumplir con las regulaciones que se aplican al transporte de viajeros.A esta toma de conciencia de legisladores y jueces para eliminar el privilegio de irresponsabilidad ha contribuido el propio tamaño y carácter global de las plataformas digitales. Como señalaba un reciente artículo de “The Economist”, Airbnb tiene un portfolio de 2,3 millones de habitaciones, que supera a la suma de las tres mayores cadenas hoteleras: Hilton, Marriot e Intercontinental.A ello se une lo que se ha venido en denominar las “externalidades negativas”.
La actividad de Airnbnb ha afectado significativamente al parque de viviendas disponibles en muchas ciudades y destinos turísticos, que ha llevado a las autoridades nacionales y locales a establecer limitaciones a las actividades de las denominadas “viviendas turísticas”. A su vez, Uber ha sido acusado de empeorar los problemas de tráfico y debilitar los sistemas de transporte público, que se consideran fundamentales desde el punto de vista de la sostenibilidad social y medioambiental.Otro argumento que refuerza este creciente papel de los reguladores nacionales e internacionales es la insostenibilidad de la postura de que las plataformas son neutrales. Y este argumento es igualmente aplicable tanto a Google o Facebook, que han visto crecer las críticas por su impacto en las recientes campañas electorales, como a Uber cuyo sistema de software privilegia a unos conductores respecto a otros.Como resultado de este cambio de tendencia, el Tribunal Europeo de Justicia estableció en 2014 el “derecho al olvido” prohibiendo el unir a una persona con información que se estime “inadecuada, irrelevante o excesiva”. Del mismo modo, al Tribunal se le ha sometido la cuestión de si Uber es un servicio digital o una compañía de transporte.
A su vez, la Comisión Europea el pasado año expresó su voluntad de regular las plataformas digitales. Aunque no ha previsto modificar la Directiva sobre el comercio on-line, si ha propuesto a las plataformas adoptar un “código de conducta voluntario” encaminado a aplicar una acción propia, sin esperar a las quejas, sobre contenidos considerados como discursos de ocio o abuso racial. Esto ha llevado a las plataformas a adoptar alguna tímida iniciativa de autorregulación, tal como las encaminadas a responder a las quejas sobre huéspedes ruidosos o a limitar las horas de trabajo de los conductores.
Asimismo, tal como publicaba el número de febrero de la revista CEHAT, la Comisión Europea modificará su estrategia sobre las viviendas turísticas, estando previsto que la Comisaría de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes elabore un nuevo documento en 2017, que formule recomendaciones de la UE a los Estados miembros sobre cómo legislar respecto a la economía colaborativa.
También las plataformas digitales están enfrentándose a restricciones de ámbito nacional y local en sus operaciones. Así Nueva York aprobó una reglamentación local imponiendo multas de hasta 7.500$ a los anfitriones que anuncian estancias de 30 días o menos en Airbnb y sitios análogos. Este ejemplo ha sido seguido por otros muchos destinos turísticos. Uber ha tenido que renunciar, por exigencia de las autoridades de San Francisco al experimento de utilizar coches sin conductor en la ciudad. Asimismo, Uber ha tenido que hacer frente a una serie de demandas legales sobre si sus conductores son empleados y así un tribunal londinense estableció que eran trabajadores con derecho a un salario mínimo y a vacaciones.
En definitiva la tendencia, por parte de legisladores y tribunales, es a establecer un marco regulatorio de las plataformas digitales y de la economía colaborativa, como resultado de la trascendencia económica y social de las mismas. Es su propia importancia la que se traduce en la necesidad de su regulación.
Por ello, los legítimos esfuerzos de los sectores del turismo y del transporte respecto a la economía colaborativa para conseguir un equilibrio de todos los actores han de encuadrarse, para ser efectivos, no tanto en el cuadro sectorial turístico y del transporte, sino en este marco general regulatorio de las plataformas digitales.
Crédito de la imagen: http://beahost.net
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