Los Notarios “on line”
22 mayo, 2023 (11:55:37)A partir de ahora los Notarios podrán prestar servicios online a los ciudadanos y a empresas debido a la Ley de transposición de directivas de la UE que prevé la digitalización de diversas actuaciones notariales, interesantes y útiles.
En un plazo de 6 meses desde que se publique en el BOE, las empresas podrán realizar online actos o contratos ante Notario sin necesidad de desplazarse.
Se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante videoconferencia y firma electrónica cualificada.
El hecho de que un otorgamiento se produzca online, no elimina los controles de la función notarial. Es una opción alternativa. Por el momento, los actos o negocios que se podrán autorizar a distancia será fundamentalmente los unilaterales y aquellos otros en los que se ha considerado que la presencia física ante el Notario puede ser sustituida por la presencia electrónica, señala el Presidente del consejo General del Notariado.
Los Notarios podrán entregar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales a empresas, con el consiguiente ahorro de papel y desplazamientos.
También se activa el protocolo electrónico notarial, -que es un archivo electrónico de escrituras-, que ofrece agilidad en la transmisión de información a las Administraciones Públicas y a empresas o personas físicas.
También será posible constituir sociedades limitadas ante un notario por vía online (Directiva 2019/1151), sin necesidad de presente física, en cualquier país de la Unión
Los servicios digitales tendrán lugar en la sede electrónica notarial (Portal Notarial del Ciudadano) y su titularidad, gestión y administración, corresponde al Consejo General del Notariado.
La seguridad informática del proceso se garantiza por la firma electrónica cualificada de los notarios, su sede electrónica y su red privada, desarrollado por el centro tecnológico del Notariado (ANCERT)
Actos que pueden empezar a pensar en tramitar online y ahorrar tiempo y ser más productivos: pólizas mercantiles; actas de junta general; poderes de representación procesal o ante las administraciones públicas; renovación de poderes; testimonios de legitimación de firmas; constitución de sociedades; nombramiento de cargos, ceses, ampliaciones y reducciones de capital; modificaciones de estatutos; declaraciones de obra nueva y división de la propiedad horizontal, etc….
Interesante estar al día y contactar con su Notario habitual para ver cómo ir aprendiendo a aplicar estar novedades en el uso habitual del hacer de empresas y abogados.
José Antonio Fernández de Alarcón Roca
Abogado, Socio Fundador de MONLEX
mon-lex@mon-lex.com
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