Hacia el reconocimiento mutuo de sentencias judiciales en la UE
16 junio, 2023 (10:09:03)El precedente judicial es una fuente del Derecho derivada de las decisiones de los tribunales, a las cuales deben ajustarse los demás órganos jurisdiccionales. En la mayoría de los Estados miembros de la UE no existe una noción intracomunitaria de estos precedentes. Los tribunales nacionales no están vinculados por la jurisprudencia de los tribunales de otros Estados miembros, sino que únicamente aplican la de sus propios órganos.
Un posible cambio se avecina al haber la Comisión Europea decidido registrar una Iniciativa Ciudadana Europea titulada «Effective implementation of the concept of judicial precedent in EU countries» (Aplicación efectiva del concepto de jurisprudencia en los países de la UE) sobre la introducción del concepto de precedente judicial en los Estados miembros de la UE.
Los organizadores de la iniciativa piden a la Comisión que introduzca un mecanismo judicial que garantice el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales firmes dictadas por los órganos jurisdiccionales de otros Estados miembros sobre asuntos similares o idénticos que exijan la aplicación del Derecho de la Unión y tengan consecuencias transfronterizas, y la posibilidad de invocar la jurisprudencia nacional dictada por los órganos jurisdiccionales del país en cuestión.
La iniciativa se basa 1) en el artículo 81 y el artículo 82, apartado 1, del TFUE, por lo que se refiere al reconocimiento de las resoluciones con dimensión transfronteriza, y 2) en el artículo 352 del TFUE y, en su caso, en el artículo 114 del TFUE, a fin de abarcar todas las situaciones en las que se produzca una aplicación e interpretación desiguales por parte de la UE que puedan obstaculizar el correcto funcionamiento de su mercado interior.
Puesto que la Iniciativa Ciudadana Europea cumple las condiciones formales establecidas en la legislación pertinente, la Comisión considera que es jurídicamente admisible. En esta etapa, la Comisión no ha analizado todavía el fondo de la propuesta. Sólo quedó registrada el pasado 31 de mayo la iniciativa ciudadana europea.
Tras el registro, los organizadores disponen de doce meses para proceder a la recogida de firmas. Si una iniciativa ciudadana europea consigue, en el plazo de un año, un millón de declaraciones de apoyo procedentes de al menos siete Estados miembros, la Comisión deberá elaborar una propuesta oficial. Eso puede implicar la necesidad de medidas preparatorias como consultas públicas, evaluaciones de impacto, etc. Una vez adoptada por la Comisión, la propuesta se presenta ante el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, que deberán adoptarla para que se convierta en ley.
El Tratado de Lisboa introdujo la Iniciativa Ciudadana Europea como herramienta en manos de los ciudadanos para definir la agenda política. Se puso en marcha oficialmente en abril de 2012. Desde entonces, la Comisión ha recibido 126 solicitudes para poner en marcha una iniciativa ciudadana europea, 101 de las cuales se han considerado admisibles y, por lo tanto, han podido ser registradas.
Marc Ripoll
Abogado de MONLEX
mripoll@monlexabogados.es
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