Viajes LawCost y equipaje de mano
4 agosto, 2023 (10:50:01)Hace unas décadas vimos como el mercado de los operadores del mercado de transporte aéreo se multiplicaban y pasaban de ser un selecto grupo a que en el mercado se fragmentara entre aerolíneas lowcost y aerolíneas tradicionales. Una de las grandes diferencias entre unas y otras es que las primeras, permiten a los pasajeros viajar a un precio bajo entre múltiples destinos, pero que para que el trayecto sea cómodo se empiezan a tener que pagar una serie de suplementos (elección de asiento, equipaje de mano, equipaje facturado...).
Hace unas horas hemos conocido la apertura de un expediente administrativo sancionador frente a múltiples aerolíneas por el cobro de un suplemento para llevar el equipaje de mano. A pesar de la entrada de estos nuevos operadores en el mercado de transporte aéreo, No obstante, se han empezado a aplicar una serie de extras en la factura del billete por cada servicio prestado.
Como por todos es sabido muchas de estas empresas LowCost, cobran un suplemento para que el viajero pueda acudir con una maleta de mano que se pueda albergar encima de los asientos. Este suplemento nace del tipo de negocio que practican estos operadores lo que les permite ser más competitivos por vía precios, y jurídicamente, se amparan en la «libertad para la fijación de los precios».
Este argumento ha sido desestimado ya por múltiples los Juzgados de lo Mercantil que han condenado a estas aerolíneas a restituir el importe de estos extras, entre los que destacamos, el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Barcelona o el nº 13 de Madrid, cuando haciendo suyas las consideraciones del TJUE en un caso similar:
«la compañía aérea viene obligado a transportarlo (el equipaje de mano) sin poder exigir ningún tipo de suplemento o sobrecoste sobre el precio del billete al pasajero. (...)mientras que el equipaje facturado le implica a la compañía aérea un encarecimiento de sus costes (aumento del coste de combustible al portar más peso, costes de personal al necesitar personal de tierra en los mostradores de facturación más de las empresas de handling ), etc. sin qué decir tiene la responsabilidad que asume al tener que vigilar y custodiar las pertenencias del pasajero desde que le son entregadas hasta que se las entrega al pasajero en destino final. Por el contrario, en el equipaje de mano, la compañía aérea no asume tales costes por lo que ese suplemento no estaría tampoco justificado.»
A pesar de los múltiples pronunciamientos de los Juzgados y Tribunales y las sanciones de algunas administraciones autonómicas, las aerolíneas LowCost continúan aplicando este tipo de suplementos para encarecer los precios de los billetes sin que este justificados. Por esa razón, el Ministerio de Consumo ha abierto un expediente sancionador frente a alguna de estas aerolíneas, lo que puede concluir con la imposición de unas elevadas sanciones.
Antoni Mut
Abogado de MONLEX
amut@monlexabogados.es
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