Empresas emergentes y nuevas ayudas fiscales
28 agosto, 2023 (03:39:39)La Ley de start up se publicó a finales de 2022 pero aún no había una orden con los pasos para acreditarse y acceder a las ayudas fiscales.
Un día antes de la entrada en vigor de la Ley el 21 de Julio, el BOE publicaba al fin la Orden Ministerial con los criterios y procedimientos para acreditar a las empresas emergentes.
Para obtener los beneficios y especialidades previstas en la Ley, una entidad debe tener la condición de “empresa emergente” y cumplir determinados requisitos. La acreditación se ha de solicitar ante la Empresa Nacional de Innovación (ENISA)
Ya hay una ventanilla para solicitar dicha certificación. Es necesario que la empresa sea de nueva creación o, no siendo así, no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución. Además, la empresa no debe haber distribuido dividendos y el 60% de la plantilla debe tener un contrato laboral en España.
La Orden Ministerial aclara los requisitos para considerar ese proyecto como “innovador”, para lo que deberá cumplir al menos, una de las siguientes condiciones:
Que los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica deberán representar, al menos, un 15% respecto de los gastos totales durante los dos ejercicios anteriores o en el ejercicio anterior cuando se trate de empresas de menos de dos añosQue haya sido beneficiaria de inversión, financiación o ayudas públicas para I+D+i o en los últimos 3 añosQue disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto a su alto grado de innovaciónQue haya disfrutado de bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigadorPodrán acceder, también, si dispone de un Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio o certificaciones emitidas por AENOR o UNI 166.002-Sistemas de Gestión
ENISA evaluará el carácter de emprendimiento innovador teniendo en cuenta la empresa solicitante, quien deberá presentar electrónicamente la solicitud de certificación en el registro habilitado en el portal web de ENISA.
Entre los distintos beneficios fiscales podemos encontrar la tributación inicial de las empresas emergentes al 15% durante un máximo de 4 años; el aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los 2 primeros años de actividad; se mejora la fiscalidad de las fórmulas retriutivas basadas en la entrega de “stock options” y eleva el importe de la exención de los 12 mil euros a 50 mil euros anuales.
José Antonio Fernandez de Alarcón Roca
Abogado, Socio Fundador de MONLEX
mon-lex@mon-lex.com
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