Canal de denuncias: el nuevo dolor de cabeza para las empresas
12 septiembre, 2023 (16:37:59)En España, la forma de realizar una denuncia interna sobre algún tipo de irregularidad en las empresas ha dado un nuevo giro desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
Desde el 13 de junio todas las empresas españolas con 250 o más empleados deben disponer de un canal interno de denuncias que permita reportar cualquier práctica fraudulenta o incompatible con la legalidad de las que tuvieran conocimiento en el ámbito de la actividad social tanto sus empleados, como terceros externos a la entidad, como proveedores, subcontratistas, candidatos a empleo, clientes, colaboradores, etc… que por su particular posición podrían ser conocedores de prácticas presuntamente ilícitas entorno al funcionamiento de la empresa.
Esta norma se extenderá a las empresas de entre 50 y 249 empleados en diciembre de 2023, que ya deberían ir pensando en su implantación, evitando así las prisas del último momento y las fuertes sanciones de hasta 1.000.000 de euros. Además, su implantación es sin duda, una muestra de buena práctica y de compromiso con el cumplimiento normativo.
Por ello, deberíamos encontrarnos en las páginas web de todas las grandes empresas, espacios reservados a sus canales de denuncias, tal y como aparecen las Políticas de Privacidad actualizadas al Reglamento General de Protección de Datos, o las políticas de cookies.
Debemos destacar, entre otras cosas, la importancia de que las empresas garanticen la posibilidad de presentar denuncias de forma anónima y que los denunciantes no sufran ningún tipo de represalia por parte de las empresas, de lo contrario se estaría incumpliendo con la nueva normativa.
Por lo general, prácticamente la mitad de las denuncias se refieren a temas de acoso laboral y problemas relacionados con los empleados de la empresa, con ello, son numerosos los retos legales que trae consigo la ejecución de investigaciones internas, pues llevadas a cabo sin adoptar las necesarias cautelas que la propia Ley 2/2023 establece, podrían ser contrarias a derecho y/o colisionar con los derechos de los sujetos investigados o de terceros.
Infringir estas cautelas, podría acarrear responsabilidades de diversa naturaleza (penales, en determinados casos) tanto para la propia empresa como para sus investigadores internos, pudiendo incluso llegar a invalidar los resultados de la investigación llevada a cabo, por lo que es imprescindible contar con el apoyo y asesoramiento legal adecuado en materia laboral y penal.
En Monlex ofrecemos tanto la implantación del canal de denuncias obligatorio, como el asesoramiento legal especializado.
No dudes en contactar con nosotros en caso de necesitar más información al respecto.
Guillermo Caro
Abogado de MONLEX
gcaro@monlexabogados.es
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta opinión no tiene comentarios.