Los beneficios de la Ley 51-23 en República Dominicana
15 septiembre, 2023 (19:34:31)La Ley 51-23, firmada por el Presidente, Luis Abinader, el pasado 10 de agosto de 2023, introduce un procedimiento de prescripción de oficio, que declara de forma automática de deudas tributarias anteriores al 2015, inclusive, sin necesidad de interrumpir prescripciones, así como la instauración de un procedimiento abreviado de fiscalización y facilidades de pago de deuda tributaria y amnistía de deudas tributarias estatales.
Beneficios de Ley
Impuestos que quedarían amparados bajo el procedimiento de prescripción automática
- Impuesto sobre la renta (ISR)- Impuesto a las transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS)
- Impuesto selectivo al consumo (ISC)
- Impuesto sobre activos (ISA)
- Impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI)
- Impuesto a las zonas francas y a los juegos de azar
Facilidades de pago de deudas tributarias
Facilidad otorgada a los contribuyentes para que salden las deudas tributarias de ejercicios y periodos fiscales posteriores al año 2016 y hasta el año 2021, inclusive, sin importar el tipo de impuesto o proceso que le dio origen, mediante los descuentos citados en el artículo 21 de la Ley 51-23 siempre que cumplan con las condiciones indicadas en la referida ley. Serían las siguientes:
- Pago único del 70 % de los impuestos determinados, sin recargos por mora ni intereses, para deudas tributarias determinadas por la Administración Tributaria.
- Pago único del 100% de los impuestos y hasta seis meses de intereses, sin considerar recargos por mora, para deudas provienen de declaraciones ordinarias o rectificativas voluntarias no pagadas oportunamente.
- Pago fraccionado (a plazos/cuotas) del 100% de los impuestos determinados más los intereses indemnizatorios o correspondientes.
Procedimiento de fiscalización abreviado
La Ley núm. 51-23, instaura un procedimiento de fiscalización abreviado a los contribuyentes, este procedimiento se define como una auditoría de escritorio realizada en un corto plazo que, una vez concluida, permita al contribuyente realizar un pago especial del impuesto determinado por la administración de conformidad con las disposiciones de la ley.
Amnistía para instituciones del sector público
Establece un proceso de amnistía para el sector público que lo liberará del pasivo acumulado al 1 de agosto del 2020, por concepto de retenciones de Impuesto sobre la renta e ITBIS. Finalmente, hay que destacar, como bien se indica al principio, que se trata de una Ley transitoria y tendrá vigencia hasta el 20 de diciembre de 2023.
Joana Tremba
Abogada de MONLEX
jtremba@monlexabogados.es
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