Desafíos y responsabilidades en Banca Electrónica: Protección de los usuarios
12 febrero, 2024 (13:26:48)En la era digital, la banca electrónica ha revolucionado la forma en que las personas (físicas y jurídicas) gestionan sus finanzas, brindando comodidad y eficiencia. Sin embargo, junto con sus ventajas, surgen una serie de desafíos que plantean preocupaciones sobre la seguridad financiera de los clientes (usuarios). Desde la replicación de tarjetas hasta técnicas avanzadas de suplantación de identidad, los ciberdelincuentes están innovando constantemente para sortear las medidas de seguridad.
SIM Swapping, Ataques RDP, Phishing y/o Skimming son un ejemplo de términos antes desconocidos pero que ahora son parte de nuestro vocabulario diario. La obtención fraudulenta de duplicados de tarjetas SIM, el acceso no autorizado a dispositivos, el engaño a través de sitios web falsos y la clonación de tarjetas son solo algunos ejemplos de las amenazas que acechan en el ciberespacio financiero.
A medida que los ciberdelincuentes operan en múltiples jurisdicciones, rastrear y perseguir legalmente a estos perpetradores se vuelve una tarea ardua. La complejidad de la actividad fraudulenta online y las barreras internacionales hacen que la vía penal o civil sea incierta y a menudo ineficaz.
Por ello, el Real Decreto-ley 19/2018 establece una responsabilidad cuasi objetiva para las entidades proveedoras de servicios de pago. La carga probatoria se invierte, presumiendo la falta de autorización si el cliente lo niega. Sin embargo, la entidad bancaria debe demostrar la autenticación precisa y la ausencia de negligencia grave por parte del cliente.
Las entidades bancarias no solo deben proporcionar medidas de seguridad, sino que también deben asumir una vigilancia extrema, superando la diligencia promedio. La existencia de técnicas para eludir medidas de seguridad impone un deber de "culpa in vigilando" a los bancos, instándolos a mejorar su supervisión y adoptar medidas más proactivas.
Ahora bien, en caso de operaciones no autorizadas, el banco debe restituir el importe y devolver la cuenta al estado previo a la transacción. Sin embargo, la responsabilidad no recae únicamente en los usuarios; las entidades bancarias deben implementar mecanismos de supervisión efectivos, analizando el uso normal del usuario para detectar actividades sospechosas.
Numerosas sentencias de Audiencias Provinciales respaldan la responsabilidad de las entidades bancarias en la restitución de importes fraudulentos. Estos fallos destacan la importancia de una diligencia extrema por parte de los bancos y subrayan que el simple cumplimiento de recomendaciones genéricas no es suficiente.
En conclusión, la banca electrónica, si bien ha transformado la manera en que manejamos nuestras finanzas, también plantea desafíos significativos en términos de seguridad. La responsabilidad recae tanto en los usuarios como en las entidades bancarias, y la colaboración entre ambos es esencial para construir un entorno financiero digital seguro y resistente a la evolución constante de las amenazas cibernéticas.
Miquel Planas
Abogado de MONLEX
mplanas@monlexabogados.es
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