Nueva regulación EU de alquiler de alojamientos turísticos en plataformas digitales
30 abril, 2024 (07:52:51)La Unión Europea ha dado un paso significativo hacia la armonización de los requisitos de transparencia en el sector del alquiler de alojamientos de corta duración mediante plataformas en línea. Con la introducción del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo del 11 de abril de 2024, se establecen normas claras para la recopilación y el intercambio de datos entre las autoridades competentes y las plataformas en línea que ofrecen estos servicios.
Uno de los principales desafíos identificados en este ámbito ha sido la falta de información fiable sobre los servicios de alquiler de corta duración. Este reglamento aborda esta preocupación al establecer un conjunto único de reglas de información para las plataformas y facilitar los procedimientos de registro para los anfitriones.
El ámbito de aplicación de este reglamento es amplio, abarcando tanto a los prestadores de plataformas en línea como a los anfitriones que ofrecen servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en la Unión Europea, independientemente de su lugar de establecimiento. Se define claramente qué servicios entran dentro de esta categoría, incluyendo el arrendamiento a corto plazo de alojamientos amueblados, ya sea con fines profesionales o no profesionales.
Es importante destacar que este reglamento, el cual entra en vigor el próximo 19 de mayo, no se aplica a hoteles u otros alojamientos turísticos similares, ni a alojamientos en campings o aparcamientos para caravanas. Se excluyen también las plataformas que solo conectan a anfitriones y huéspedes sin intervenir en las transacciones directas. El reglamento es aplicable a los servicios, como por ejemplo, al alquiler de una habitación en la residencia principal o secundaria de un anfitrión, al alquiler de una vivienda entera durante un número limitado de días al año o al alquiler de una o varias propiedades adquiridas por un anfitrión como inversión para alquilarlas por períodos breves, normalmente de menos de doce meses, a lo largo de todo el año.
El reglamento establece un sistema de registro que permite a las autoridades competentes recopilar información sobre los anfitriones y las unidades disponibles para alquiler. Los anfitriones deben poder presentar todos los documentos necesarios en formato digital, y las autoridades pueden verificar esta información en cualquier momento.
Además, se establecen requisitos claros para el intercambio de datos entre las plataformas en línea y las autoridades competentes. Se detalla qué información deben proporcionar las plataformas, como el número de noches de alquiler y el número de huéspedes, así como la dirección específica de la unidad y el país de residencia de los huéspedes.
Para facilitar este intercambio de datos, se establece la creación de ventanillas únicas digitales a nivel nacional, actuando como pasarelas para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea y las autoridades competentes.
El reglamento también prevé sanciones en caso de incumplimiento, como la suspensión del registro y la eliminación de anuncios en caso de información incorrecta o incompleta.
Miquel Planas
Abogado de MONLEX
mplanas@monlexabogados.es
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