El Tribunal Económico Administrativo Central golpea a Hacienda
18 septiembre, 2017 (12:06:13)En materia fiscal, el TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) ha interpretado la Ley General Tributaria de forma “no literal” a pesar de que tal interpretación acabe perjudicando a Hacienda.
Concretamente, la citada Ley recoge que para que se pueda aplicar la reducción de conformidad de una sanción tributaria, se debe firmar un acta en conformidad. Ahora bien, en base a la última resolución emitida por el Tribunal Administrativo la reducción será aplicable en supuestos determinados en que se haya firmado el acta en disconformidad siempre y cuando la liquidación finalmente no se hubiese recurrido.
De este modo, vemos que se prima una interpretación finalista de la norma. En el supuesto de hecho concreto sobre el que se ha pronunciado el Tribunal es sobre una liquidación por una cantidad elevada en concepto de Impuesto de Sociedades sobre la que el inspector no permitió compensar créditos fiscales pendientes de anteriores ejercicios. Consecuentemente, el contribuyente firmó el acta de disconformidad y presentó alegaciones. Finalmente, la inspección acabó imponiendo una sanción del 15% al declarar créditos fiscales aparentes, pero el acuerdo sancionador no aplicó la reducción del 30% que contempla la Ley General Tributaria.
Miquel Planas Font
Abogado
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