¿Se puede denegar el embarque a una viajera por ir vestida “con mucho escote”?
26 junio, 2024 (10:56:23)Esta cuestión no es para nada baladí, hace una serie de días ha saltado a los medios de comunicación un nuevo caso de reclamación por denegación de embarque, en este caso, FACUA reclamó en nombre de una pasajera la denegación de embarque a un vuelo operado por una aerolínea.
Tras varios años, la Agencia Española de Seguridad Aérea le ha dado la razón a la consumidora y a la Asociación que defendía sus intereses. Hasta aquí nada novedoso, no obstante, lo interesante de esta reclamación no fue la denegación de embarque si no las razones por las que se realizaron.
Estamos muy acostumbrados a ver denegaciones de embarque por cancelación del vuelo, por overbookings, por presentarse tarde en el aeropuerto o por otras razones, pero en este caso, la denegación se produjo por el escote que llevaba la viajera. Más concretamente, según aparece en distintos medios, la tripulante de handling señaló que (la viajera) no podía entrar porque llevaba un body escotado.
A nivel de la Unión Europea, y tal y como ya hemos manifestado en otras entradas, regula esta situación el Reglamento (CE) 261/2004; dicho reglamento establece que las denegaciones de embarque son: la negativa a transportar pasajeros en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque en las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 3, salvo que haya motivos razonables para denegar su embarque, tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados.
Por lo tanto, a no ser que llevar un escote muy pronunciado pueda considerarse una razón de salud, seguridad o presentación de documentos inadecuados para poder realizar el trayecto, se debería haber permitido el embarque de la pasajera.
En cualquier caso, recordemos que la referida denegación de embarque debió ser compensada por parte de la aerolínea, que esta debió atender sus necesidades de transporte y atención, de conformidad con la normativa europea.
Antoni Mut
Abogado de MONLEX
amut@monlexabogados.es
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