La Ley Hipotecaria para final de año
2 noviembre, 2017 (08:48:31)El Ministerio de Economía cuenta ya con el informe favorable del Consejo de Estado sobre el anteproyecto de Ley Reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario, actualmente solo falta su aprobación ante el Consejo de Ministros. Es por ello que, antes de que acabe el año, se estime que comience el trámite parlamentario puesto que la intención del Gobierno es que entre en vigor dentro del presente año.
El motivo principal de esta nueva norma es la necesidad de trasponer una Directiva Europea que, debido a que España no la traspuso antes de la fecha límite en marzo de 2016, fue apercibida.
La normativa pretende avanzar en conseguir un mercado único de créditos hipotecarios y disminuir las ejecuciones hipotecarias aumentando así la protección de los consumidores.
Los cambios más destacados para el consumidor son:
-La prohibición a los Bancos de que obliguen al cliente a contratar con ellos un seguro o productos análogos para concederles el préstamo.
-Los Bancos únicamente podrían instar la ejecución hipotecaria en caso de que el impago dure nueve cuotas durante la primera mitad del préstamo o el equivalente a un 2% de la deuda pendiente.
-El cliente deberá visitar necesariamente dos veces al Notario o al Registrador de la Propiedad antes de firmar una hipoteca, sin que conlleve un aumento del coste de sus servicios, puesto que la primera visita se considerará de asesoramiento. De este modo, el Notario está obligado a vigilar que el contrato no recoja ninguna cláusula declarada abusiva por sentencia.
-Los Bancos deberán desglosar en el contrato los gastos de registro, notario y otros asociados, sin necesidad de especificar a quien corresponde su abono.
Miquel Planas Font
Abogado
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