El registro de viajeros: una carga innecesaria para el sector turístico
25 noviembre, 2024 (03:53:13)El próximo 2 de diciembre de 2024, está prevista la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021, que impone a agencias de viajes, establecimientos hoteleros y empresas de alquiler de vehículos sin conductor la obligación de registrar y comunicar al Ministerio del Interior una amplia gama de datos personales de sus clientes. Esta normativa, que ha sido objeto de múltiples prórrogas debido a la resistencia -lógica- de los sectores afectados, plantea serias preocupaciones tanto operativas como legales.
Desde su aprobación en octubre de 2021, la entrada en vigor del Real Decreto ha sido aplazada en varias ocasiones, la última de ellas hasta el 2 de diciembre de 2024. Estas prórrogas reflejan la falta de consenso y la preocupación generalizada en el sector turístico respecto a la viabilidad y justificación de la medida. La ausencia de una orden ministerial que aclare aspectos clave de la normativa contribuye a la incertidumbre y dificulta la adaptación de las empresas a las nuevas obligaciones.
Si bien el objetivo de la normativa es fortalecer la seguridad ciudadana y prevenir delitos, no queda claro si el registro masivo de datos es realmente eficaz para tales fines. Además, el aumento de burocracia y la posible saturación de los sistemas de control podrían restar efectividad a las operaciones policiales. Es más, la imposición de obligaciones desproporcionadas al sector turístico no parece ser la solución más adecuada. Es fundamental que las autoridades reconsideren la aplicación de este registro, buscando un equilibrio que garantice la seguridad sin comprometer la viabilidad, la legalidad y la competitividad de un sector clave para la economía española. La colaboración con las asociaciones del sector y una evaluación exhaustiva de los riesgos y beneficios de la medida son pasos imprescindibles antes de su implementación definitiva.
Los principales puntos objeto de conflicto son, principalmente, la carga administrativa desproporcionada que además puede desincentivar a la competitividad con otros países, la dubitativa legalidad de la privacidad y seguridad de los datos recogidos y el impacto contraproducente en la innovación y digitalización del sector turístico.
Una carga administrativa desproporcionada. Desincentivo a la competitividad.
La implementación de este registro exige a las empresas recopilar hasta 42 datos por cliente, incluyendo información sensible como detalles de pago y relaciones familiares. Para muchas pequeñas y medianas empresas del sector turístico, esta obligación representa una carga administrativa excesiva, que podría traducirse en un incremento de costos operativos y, en consecuencia, en un encarecimiento de los servicios ofrecidos. Además, la necesidad de transmitir estos datos en un plazo de 24 horas añade una presión adicional que podría afectar la calidad del servicio al cliente.
El turismo en España es un pilar esencial de la economía, y medidas como esta pueden desincentivar la competitividad del sector frente a destinos internacionales. Los operadores turísticos y las agencias de viaje podrían ver reducida su capacidad de atraer clientes si se percibe que los procesos administrativos son engorrosos y afectan la experiencia del consumidor.
Riesgos para la Privacidad y la Seguridad de los Datos
La recopilación y almacenamiento de una cantidad tan extensa de datos personales durante un período de tres años plantea serias dudas en materia de protección de datos. La posibilidad de brechas de seguridad y el uso indebido de la información son preocupaciones legítimas, especialmente en un contexto donde la ciberseguridad es una prioridad. La normativa podría entrar en conflicto con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, lo que podría derivar en sanciones tanto para las empresas como para el Estado español.
Impacto en la Innovación y Digitalización
En un momento donde la industria turística apuesta por la digitalización y la innovación, la normativa podría generar un efecto contrario. La inversión en sistemas tecnológicos para cumplir con las exigencias del registro desviará recursos que podrían destinarse a mejorar la experiencia del cliente, desarrollar nuevos productos o adaptarse a las tendencias del mercado.
Miquel Planas
Abogado de MONLEX
mplanas@monlexabogados.es
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