Qué debo ya saber sobre Smart Contracts y Blockchain (I)
3 abril, 2018 (09:49:59)Para ser sinceros, no fiarnos unos de otros en el mundo "offline" nos aconseja firmar un contrato, detallar bien su contenido (derechos y obligaciones) y verificar las firmas y representación de las partes. En el mundo "online" en el que ya estamos sumergidos ocurre igual. Nos quedamos más tranquilos si hay un Certificado digital de intermediario autorizado que acredite la transferencia de bienes o servicios por quienes dicen que son las partes, o en el caso de una transferencia de dinero, dicho papel lo representan los propios bancos o entidades como PayPal... quienes por supuesto se quedan con todos nuestros Datos.
Déjenme decirles que lo cierto es que en nuestro sector turístico lo que impera "online" son los contratos enviados y escaneados por email con o sin firma (!), sobretodo en la comercialización, pero sin esos verificadores que la ley ofrece y determina como garantes o certificadores. Son contratos válidos que, en caso de conflicto habrá que probar de otra manera más complicada y pueden tener importantes grietas de seguridad que hagan tambalear el edificio.
En este escenario tecnológico, empresarial y legal propio de la TecnoEconomia en la que cada uno de los leyentes de este Post va a representar un papel, se está produciendo una evolución silenciosa en las relaciones jurídicas contractuales que no debemos dejar de saber.
Del acuerdo verbal o escrito para entregar bienes o servicios a cambio de una contraprestación (contrato) , hemos pasado, sin sufrir mucho, al documento escaneado y archivado física o virtualmente o al documento computerizado cuyo contenido se convierte en "código fuente" (contrato digital).
Hemos evolucionado el contrato digital, y en algunos casos le hemos incluido aplicaciones adicionales informáticas como la firma online certificante o la intermediación y securizacion de los pagos a que hemos hecho referencia anteriormente (contrato digital automatizado). Si bien en este caso esas funciones adicionales conllevan que además de las partes , haya "terceros" que se queden con nuestros datos. Precisamente para evitar esto aparecen los denominados "smart contracts".
Podemos, según los sabios informáticos de nuestra era, entregar bienes o servicios a cambio de una contraprestación de forma segura y sin intermediarios. Estos acuerdos generados gracias a la tecnología Blockchain se llaman en el circuito legal de la TecnoEconomia: "Smart contracts".
Es la tecnología Blockchain la que permite generar contratos encriptados que se ejecutan automáticamente, con alta seguridad y cuyas potencialidades y utilidades están en continua expansión aunque en una fase primaria de su evolución. Y ello también está ocurriendo en el ámbito turístico.
Vivimos pues en ese escenario evolutivo donde todas nuestras relaciones jurídicas contractuales obedecen a alguno o algunos de los tipos ya señalados. En este escenario complejo y alternativo que durará en el tiempo, representamos cada uno nuestro papel… nunca mejor dicho.
Hasta aquí todo claro... o casi. En el próximo post intentaremos explicar de forma simple como actúa la tecnología Blockchain para generar los Smart Contrats.
José Antonio Fernández de Alarcón Roca
Abogado
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