El Govern Balear entrega las primeras acreditaciones de viviendas turísticas vacacionales
31 agosto, 2006El decreto 17/2006, de 17 de febrero, de comercialización de estancias turísticas en viviendas, que desarrolla la Ley autonómica 2/2005, de 22 de marzo, establece los pasos necesarios para que los propietarios de viviendas que tengan un uso turístico puedan obtener el certificado que las acredita como tales. Entre los requisitos, que según ha explicado el conseller "no son excesivos", se encuentran el obtener una certificación de calidad, especificar el número de viviendas que se van a comercializar, tener un modelo de contrato que detalle el precio y las características y contar con un manual de uso del alojamiento. El decreto establece la posibilidad de que puedan dedicarse a esta actividad personas físicas o jurídicas, así como las agencias de viajes. Estas últimas están exentas de cumplir una serie de trámites, pero deben presentar como mínimo la relación de viviendas que comercializan, la acreditación de calidad de cada una de ellas y el documento que las autoriza a su explotación, además del libro de inspección y las hojas de reclamación. Los primeros, de la zona norte de Mallorca Los 15 propietarios que recibieron ayer la acreditación son casi todos del norte de Mallorca. De ellos, ocho están situados en el municipio de Pollença, una de las zonas de Baleares donde más proliferan las viviendas turísticas vacacionales. El conseller de Turismo ha resaltado que era fundamental "dar un marco de legalidad a un conjunto de la oferta turística que se desarrolla cada vez más", porque había que dotarlo de "seguridad jurídica" y un espacio "para que pueda seguir desarrollándose en un futuro". Flaquer ha animado a los propietarios a registrar sus viviendas, ya que las que no cumplan con los trámites antes de que finalice el plazo, "quedarán excluidas de los beneficios que conlleva esta clasificación", y "entenderemos que son viviendas residenciales". Ángeles Vargas (politica@hosteltur.com)