La CE publica la lista de las aerolíneas prohibidas en el cielo europeo
27 marzo, 2006Aerolíneas de Corea, Comores, Afganistán, Kazajstán, Kyrgizstán, Tailandia, Ruanda, todas las compañías del Congo, Guinea Ecuatorial, Liberia, Sierra Leona y Swazilandia; mientras que las empresas Air Bangladesh y Buraq Air, de Libia, y la HBA, del Congo, han quedado sujetas a restricciones de operación. Jacques Barrot, vicepresidente de la Comisión responsable de los transportes, ha declarado que "la Unión Europea dispone ahora de un planteamiento coherente para establecer esta prohibición, manteniéndolas alejadas de Europa y garantizando que todas las aerolíneas ejerzan su actividad cumpliendo las normas de seguridad más estrictas". La lista fue elaborada por el comité de expertos con base en la información aportada por los Estados miembros de todas las prohibiciones o restricciones de operación vigentes en su territorio y los motivos de dichas prohibiciones. Una vez verificada la información, se aplicó el principio de que las compañías prohibidas en un Estado miembro lo estarán en toda la UE. La Comisión invitó luego a todas las compañías aéreas afectadas a manifestar sus puntos de vista y se puso en contacto con las autoridades de Aviación Civil de cada país, responsables de su supervisión normativa. Estas prohibiciones y restricciones de explotación sólo se imponen si existen pruebas de incumplimiento a través de los resultados de los controles efectuados en los aeropuertos europeos, la utilización de aviones anticuados, obsoletos o cuyo mantenimiento es insuficiente, la incapacidad de las compañías aéreas correspondientes de corregir las deficiencias detectadas durante las inspecciones y la incapacidad de la autoridad responsable de la supervisión de una compañía de realizar esa tarea adecuadamente. Barrot destacó que la comisión continuará desarrollando programas de asistencia técnica a las autoridades de aviación civil de terceros países, a los cuales se han venido destinando aproximadamente 80 millones de euros durante los últimos cinco años. La lista negra se actualizará cada vez que sea necesario y al menos cada tres meses. Cuando una compañía considere que debe ser retirada de la lista porque cumple de nuevo las normas de seguridad, podrá ponerse en contacto con la Comisión o un Estado miembro, que solicitarán la actualización de la lista si lo consideran oportuno. En las acciones de supervisión podrán participar la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA), los Estados miembros y la Organización de Aviación Civil Internacional. Si desea ver la lista, copie este enlace en la barra de dirección: http://europa.eu.int/comm/transport/air/safety/doc/flywell/2006_03_22_flywell_list_en.pdf Diana Ramón (transportes@hosteltur.com)