El caos de Ryanair muestra los fallos del sistema de garantías del turismo
22 septiembre, 2017 (12:58:48)La Normativa Europea que regula el tráfico aéreo provoca la indefensión del consumidor sobre los efectos colaterales de la suspensión de los viajes aéreos
FETAVE reclama la revisión de la Normativa Reguladora de los Viajes Combinados para que incluya a las compañías aéreas y garantice sus servicios al consumidor
Madrid, 22 de septiembre de 2017. La Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas, FETAVE, quiere poner de manifiesto los fallos en el sistema de garantías en el turismo a partir del conflicto de Ryanair.
La crisis provocada por la suspensión de los vuelos de Ryanair viene a reforzar los argumentos de FETAVE, que lleva 2 años explicando al Ministerio de Turismo y a los responsables del turismo de las CC.AA., los fallos en el sistema de garantías que vienen impuestos por la normativa que regula los viajes combinados en la Unión Europea, y que afecta, exclusivamente, a las AA.VV. pero que deja de lado a las compañías aéreas.
Para FETAVE, la normativa turística de la Unión Europea viene determinada por los intereses de los países del norte de Europa, emisores de turistas y que imponen obligaciones a los países receptores del sur de Europa y a sus agencias de viaje. En efecto, si la Ley de Viajes Combinados establece cada vez mayores avales a las AA.VV. para garantizar los servicios contratados por sus viajeros, el Reglamento 261/ 2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, que regula el transporte aéreo en la Unión Europea, se limita a establecer las indemnizaciones que corresponden a los viajeros por los retrasos, suspensiones e incidencias en el transporte aéreo, en función de la distancia que debería cubrir el viaje contratado. No obstante, este Reglamento deja de lado las reclamaciones por los perjuicios y gastos ocasionados por la suspensión de estos viajes: problemas conexión con otras rutas aéreas, pérdida de alojamiento y otros gastos asociados a viajes, daños morales, etc.
Teniendo en cuenta todo lo anterior y recordando la crisis provocada este verano por la quiebra de Air Berlín, o los 514 vuelos que Ryanair suprimirá hasta el 28 de octubre, se pone de manifiesto que la Unión Europea se equivoca y es incapaz de identificar los riesgos, de prevenirlos y de garantizar la responsabilidad económica de las compañías aéreas por los perjuicios provocados a los viajeros al poner el foco sobre las garantías que tienen que cubrir las AA.VV., pero sin establecer una norma clara sobre las responsabilidades colaterales que provocan las suspensiones o los retrasos de las compañías aéreas.
En este contexto, FETAVE tiene la necesidad de transmitir al Gobierno de España y a las CC.AA., la idoneidad de abrir un periodo de reflexión y de revisión sobre los cambios legislativos que están elaborando los gobiernos autonómicos y que deberían de ser capaces de resolver los problemas provocados por las compañías aéreas clarificando las responsabilidades y garantías que deben de ofrecer al consumidor como operadores de referencia en el turismo.
CONSEJOS DE FETAVE PARA LOS PASAJEROS AFECTADOS
· La crisis de la suspensión de los viajes de Ryanair y las explicaciones ofrecidas sobre los problemas de planificación como justificación de las mismas, hacen que el cliente se enfrente a un problema de incumplimiento del contrato debido a causas organizativas de la aerolínea y en ningún modo de causa mayor con lo que la responsabilidad recae en la compañía.
· Los pasajeros afectados tienen derecho a una indemnización recogida en el Reglamento de la Unión Europea 261/2004, referido a las distancias que debería cubrir el viaje contratado.
· Respecto a la reclamación sobre los perjuicios colaterales provocados por la suspensión (conexiones aéreas, noches de hotel, etc.), el Reglamento de la Unión Europea no establece ningún tipo de compensación, por lo que será necesario acudir a la VÍA JUDICIAL, para lo cual será necesario presentar una reclamación en el aeropuerto que deberemos utilizar como prueba testifical en el juicio, junto con los justificantes de todos los gastos y perjuicios, así como la explicación y prueba de los daños morales o profesionales ocasionados.
· Aquellos viajeros que hayan contratado a través de la web de Ryanair diferentes servicios turísticos, podrán denunciar en la Consejería de Turismo de su comunidad autónoma ya que se trata de un paquete de viaje combinado que debería verse amparado por la Normativa de Protección del Consumidor, vigente en España.