Madrid, 25 de agosto. Segundo verano de pandemia con un aumento del turismo nacional y las esperanzas puestas en el turismo extranjero en septiembre. Mientras que el sector aéreo ‘despega’ y recupera los niveles previos al coronavirus, los desplazamientos en coche han cogido impulso en nuestro país. Y con el incremento de los movimientos por carretera, crece también la demanda del alquiler del coche vacacional. En verano, los rent a car se convierten en el mejor aliado a la hora de hacer escapadas, sobre todo en Canarias y Baleares.
Sin embargo, algunas compañías establecen ciertas cláusulas de dudosa legalidad, como por ejemplo cobrar por un seguro sin franquicia cuando el coche ya tiene seguro a todo riesgo o quedarse con la totalidad del depósito tras sufrir un siniestro (que en ocasiones supone hasta el triple del precio del alquiler) aun cuando el daño tenga un coste inferior a ese depósito. Por ello, reclamador.es explica a continuación cuáles son las vías de reclamación a las compañías de alquiler de vehículos:
1. El primer paso es hablar con la propia empresa antes de iniciar cualquier vía de reclamación, pues es posible que se deba a un error o que se llegue a un acuerdo con la otra parte que sea ventajoso.
2. Si tras contactar con la compañía el usuario considera que no le corresponde pagar una determinada reparación o que le han impuesto una cláusula abusiva, se puede solicitar una hoja de reclamaciones. Esta debe ser oficial, y es obligatorio que los locales de negocio dispongan de ellas y, si se negaran a entregarla, hay que acudir a la Policía o Guardia Civil.
Acudir a la Junta Arbitral de Transporte
3. Paralelamente a lo anterior se puede acudir a reclamar a una compañía de alquiler de coches a la Junta Arbitral de Transporte de la comunidad autónoma correspondiente. Para ello, hay que presentar un escrito ante este organismo en el que se describan detalladamente los motivos de la reclamación y se aporten todas las pruebas.
Las Juntas Arbitrales de Transporte tienen competencia para resolver reclamaciones cuyo importe sea inferior a 15.000€. El problema está en que algunas compañías de alquiler de vehículos estipulan en los contratos que se renuncia a esta vía para resolver cualquier conflicto. Por ello, “hay que leer la letra pequeña”, explica reclamador.es.
La solicitud de arbitraje es gratuita y más rápida y sencilla que la vía judicial. Además, no es necesario acudir con abogado y procurador, pese a que ante cualquier reclamación siempre es recomendable que un experto asesore al usuario sobre sus derechos.
Acudir a la vía judicial
4. Es la última opción para reclamar a una empresa de alquiler de vehículos y debe ser estudiada detenidamente por el usuario antes de dar el paso, ya que, dependiendo del importe a reclamar, habría que acudir al juicio con abogado y procurador, y se puede encarecer el coste final de la reclamación para el cliente.
De elegir esta opción, el objeto de la demanda sería por cláusulas abusivas en el contrato. También podría presentarse una demanda para la devolución de cantidades por daños no causados.