Argentina: hoteleros y gastronómicos piden reforma tributaria acorde a países turísticos
Publicada 11/10/16
En el marco del XIII Coloquio Tributario de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), se hizo manifiesta la necesidad de una reforma tributaria “que se adapte a los regímenes que hoy funcionan en el mundo”, para garantizar la disminucón en la carga impositiva.
Durante el encuentro que se realizó en la ciudad de Ushuaia (Tierra del Fuego), y que estuvo dirigido a los asesores tributarios y dirigentes de las 63 Filiales de FEHGRA, los empresarios coincidieron que “el principal factor anticompetitividad” es la presión tributaria que existe sobre la actividad, por lo que proponen que se aplique una “disminución de la carga”.
En la conclusión número uno, referida justamente a la reforma tributaria, FEHGRA remarca que “para nuestra actividad en particular la alícuota del IVA debería ser la del tipo reducido, tal como funciona en casi todos los países, y sobre todo en aquellos que tienen un gran desarrollo en turismo (Francia, España, Italia, Alemania, Japón, Australia, Canadá, etc.)”.
Luego hacen referencia a la carga tributaria sobre restaurantes y hoteles y, tras reiterar que es “la más alta de la historia”, aseveran que “es el principal factor anticompetitividad, aumentado a su vez por los tributos contenidos en los servicios, insumos y otros componentes del costo, observándose asimismo una importante disparidad a lo largo del país”.
Actualmente la carga tributaria representa entre un 37 y 40 % del precio final y, para estos empresarios, otra de las principales consecuencias de esta elevada presión es el incentivo a la evasión y por ende a la competencia desleal.
Sobre este último punto, los miembros de la filiales de FEHGRA solicitaron a las autoridades “la erradicación de la informalidad e ilegalidad en el sector hotelero gastronómico”.
Y por último hicieron referencia a la Ley PyME, señalando que los tratamientos diferenciales existentes debieran converger en la actual definición de PyME. La reglamentación debiera aclarar los siguientes puntos:
- Prever el tratamiento de los anticipos del IGMP (Impuesto Ganancia Mínima Presunta) correspondientes a los ejercicios excluidos del tributo
- Debe aclararse que los beneficios comprenden a las personas humanas.
- El cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias debiera operar contra el IVA.
- El nuevo “IVA a 90 días” debiera armonizarse con el “IVA Trimestral”.
- Debiera propiciarse un régimen de exteriorización de personal, y un régimen de fomento para el primer empleo.
- Las PyME deben contribuir a la seguridad social con la alícuota del 17%.
- Debe elevarse el alcance del régimen de reducción de contribuciones de seguridad social para micro empresas.
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta noticia no tiene comentarios.