AFIP aumenta recargo al 35% y lo aplica a la compra de dólares para turismo
Publicada 03/12/13
Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 3550 se ha elevado un 15% el anticipo a cuenta de Ganancias y Bienes Personales que debían pagar los argentinos por realizar transacciones con tarjeta de crédito en el exterior y se han incluido la adquisión de dólares para turismo. En lugar del 20% dispuesto en marzo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un recargo del 35%.
En los fundamentos de la modificación a la Resolución 3450 –que había elevado del 15% al 20% el recargo- remarcan que lo dispuesto responde a “decisiones de política económica” que “tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viaje”.
Pese a que titular de AFIP, Ricardo Echegaray había asegurado que no se aplicarán recargos antes de las vacaciones de verano, como publicaba HOSTELTUR noticias de turismo, la resolución entra en vigencia este martes.
Según establece el nuevo artículo 3 “serán pasibles de la percepción que se establece en el presente régimen, los sujetos —personas físicas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables— que efectúen alguna o algunas de las operaciones señaladas en el Artículo 1°”, a saber: adquisición de moneda extranjera (billetes o cheques de viajero) para gastos de turismo y viajes y transferencias al exterior por turismo y viajes.
Agregan que para las operaciones expresadas en moneda extranjera “deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen, liquidación y/o factura o documento equivalente”.
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta noticia no tiene comentarios.