Argentina aplica nuevas tasas de seguridad en vuelos nacionales e internacionales
Publicada 15/06/15
Desde el 1° de julio la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) de Argentina comenzará a aplicar nuevos aranceles en la tasa de seguridad para vuelos de cabotaje, regionales e internacionales. Con esta nueva medida se reemplaza la Resolución 613 de septiembre de 2012, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución 445/2015 publicado en el Boletín Oficial de este lunes.
Para vuelos internacionales la tasa de seguridad será de US$ 10 por cada pasajero internacional embarcado; para regionales con distancias recorridas inferiores o iguales a 300 km o que unan Aeroparque o Ezeiza con Uruguay el arancel será de 4,42 dólares. En el caso de los vuelos de cabotaje la tasa establecida es de 10 pesos por pasajero doméstico embarcado.
Están excluidos del pago los menores que no hubiesen cumplido tres años en el caso de ser pasajeros en vuelos de cabotaje y de dos años para regionales e internacionales. También están exentos los diplomáticos.
La resolución 445/2015 agrega que los pasajeros en transferencia que realicen conexiones entre vuelos de cabotaje “sólo deberán abonar una vez la Tasa de Seguridad de vuelos de cabotaje” y lo mismo ocurre para aquellos que se dirían al exterior y realicen conexiones entre vuelos de cabotaje y un vuelo internacional.
Quienes provengan del exterior y realicen conexiones con otro vuelo internacional, regional o de cabotaje “no deberán abonar la tasa de seguridad”.
En los vuelos regionales dicha tasa “deberá ser abonada por los pasajeros, siempre que no realicen conexiones previas ni posteriores que acontezcan dentro de las 24 horas en cualquier vuelo nacional o extranjero. En tal caso, el pasajero deberá abonar la Tasa de Seguridad de vuelos internacionales”.
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