Uruguay modifica normativa para pago de alquileres turísticos
Publicada 29/12/15
El gobierno uruguayo anunció este lunes la puesta en vigencia las modificaciones al nuevo decreto de alquileres que permiten que los arrendamientos turísticos sean abonados con tarjeta o instrumentos de pago electrónicos.
El Ministerio de Economía y el Ministerio de Turismo hicieron una conferencia de prensa para anunciar las modificaciones al decreto de alquileres del 28 de septiembre de 2015, incluyendo la posibilidad de que los alojamientos turísticos se paguen con tarjetas de crédito, débito o instrumentos electrónicos de pago.
La redacción original permitía, como excepción, que este tipo de arrendamientos –de hasta cuatro meses de extensión- pudiera ser pagado en efectivo pero no preveía otras formas de pago.
Justamente, los beneficios para turistas en alquileres son a cuenta de los pagos con tarjeta por lo que existía una contradicción entre esta posibilidad de exoneración de una parte del IVA -al contratar en inmobiliarias legalmente establecidas- y la nueva reglamentación.
La ley de alquileres que acaba de entrar en vigor obliga a los inquilinos de cualquier inmueble para vivienda a depositar el monto del alquiler en una cuenta bancaria, con lo que se busca reducir las transacciones por fuera del sistema.
De la redacción original del artículo 11 del decreto 264/015 –que refiere a los alquileres turísticos- se eliminó también la referencia a que estos negocios sean concretados “en alta temporada”.
Hasta mediados del año pasado no existían estas limitaciones por lo que los alquileres podían ser pagados en efectivo o con tarjeta sin apelar a excepciones como la actual.
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