No comunicó a una pasajera la necesidad de visa

Despegar.com deberá pagar por violar la ley del consumidor en Chile

Publicada 15/12/17
Despegar.com deberá pagar por violar la ley del consumidor en Chile

La Corte de Apelaciones de La Serena (Chile) condenó a la agencia de viajes Despegar.com Chile a pagar una multa y una indemnización por infringir la ley del consumidor, al no comunicar a una clienta que adquirió un paquete la necesidad de contar con visa para ingresar en tránsito Estados Unidos.

La pasajera adquirió un paquete para ella y su nieta que incluía alojamiento y transporte: el servicio contratado fue traslado desde Santiago de Chile hasta Cozumel (México), partiendo el 15 de enero de 2015 y regresando el 23 del mismo mes. Se hospedarían en el Hotel Park Royal Riviera y volarían en United Airlines. En la denuncia señalan que en el itinerario del viaje se informaba que existía a una escala, pero no en dónde se realizaría.

"En el cumplimiento de la obligación de transportar al consumidor hasta su destino final pueden existir escalas intermedias, cualquiera que sea el lugar o país en que aquellas han de verificarse, debe ser informado de manera clara y precisa por la empresa prestadora del servicio, no siendo exigible al consumidor o cliente que asuma por su cuenta la búsqueda de información respecto de trámites y gestiones que escapan a lo querido al momento de celebrar el contrato", sostiene el fallo reproducido por DiarioConstitucional.cl.

Despegar.com deberá pagar por violar la ley del consumidor en Chile

Al no contar con la visa de Estados Unidos la pasajera no pudo volar y tuvo que comprar los tickets en Copa Airlines, para no perder la totalidad del paquete contratado.

La demandante solicitó ante la justicia que Despegar le devuelva el dinero que tuvo que abonar por los pasajes de Copa Airlines (1.639.300 pesos chilenos / US$ 2564) y el valor de los tickets de United Airlines que no pudo utilizar (2.053.642 pesos chilenos /US$ 3212).

Finalmente la Corte de Apelaciones de La Serena (Chile) ordenó pagar “por daños emergentes” el monto correspondiente a los tickets adquiridos en Copa, y por “daño moral” 400.000 pesos chilenos (US$ 625), “sumas que deberán ser reajustadas por la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor”. A su vez se aplica una multa de cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a beneficio fiscal “por haber infringido el artículo 23 inciso primero de la Ley N 19.496, sobre Protección de los Consumidores”.

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.