Rige nuevo reglamento de turismo estudiantil en Argentina
Publicada 07/02/14
El Ministerio de Turismo de Argentina publicó la Resolución 23/2014 a partir de la cual entra en vigencia el nuevo reglamento que rige para las agencias de viajes dedicadas al turismo estudiantil. La falta de cumplimiento de sus artículos puede derivar en multas económicas y hasta en la inhabilitación definitiva.
Todas las empresas deberán contar con el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil, y tener como mínimo una sucursal o una agencia comercializadora dentro de cada una de las provincias donde pretendan efectuar acciones comerciales, debiendo entre otras cosas registrarse como “organizadores” o “comercializadores”.
En el primer caso serán aquellos "agentes de viajes que celebren contratos de turismo estudiantil por sí y contraten en forma directa las prestaciones integrantes del paquete turístico" y los segundos "los agentes de viajes que únicamente celebren contratos de turismo estudiantil por sí y por cuenta y orden del organizador".
Para renovar el Certificado y poder seguir operando, anualmente deberán pagar 1.500 pesos (US$ 190) en el caso de las comercializadoras, y 3.000 pesos (US$ 280) las organizadoras.
La resolución que lleva la firma del ministro Enrique Meyer agrega que las agencias “no pueden comercializar viajes de estudios y/o viajes de egresados que tengan una fecha de iniciación posterior al 31 de enero del segundo año calendario posterior al año de la solicitud o mantenimiento del Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil".
Anualmente las empresas deberán presentar una declaración jurada –entre el primer día hábil del año y el último de septiembre- en el que se informe sobre las autoridades, personal, coordinadores, prestadores, cantidad de servicios programados y en ese caso “especificar expresamente el precio total de cada pasajero y por contingente”.
Si el viaje es dentro de Argentina, el documento deberá incluir la cantidad de plazas contratadas y un comprobante que acredite que se abonó “como mínimo el 30%” y si fuera en el exterior se debe haber abonado por completo. Por otra parte, si se trata de viajes de estudios se debe adjuntar la conformidad del establecimiento educativo.
En todos los casos, los agentes están obligados a añadir “un certificado de pre-compra con calificación o póliza de seguro de caución expedido por una compañía aseguradora”; “una carta de intención consignando su disposición a efectuar un aval bancario” y “una carta de intención expedida por una Sociedad de Garantía Recíproca que cuente con la autorización del Banco Central”.
La norma también crea un Fondo de Turismo Estudiantil, mediante el cual "los organizadores deberán suscribir un contrato de fideicomiso privado" para poder "garantizar las obligaciones frente a eventuales incumplimientos", para lo cual deberán abonar el 6% del total de cada contrato individual a Nación Fideicomisos S.A., que actuará como fiduciario. Se deja establecido en el reglamento “que aquellos viajes de estudios que se realicen sin pernocte quedan eximidos del pago de la ‘Cuota Cero’”.
Otro de los requerimientos para las empresas dedicadas al turismo estudiantil radicadas en Argentina, es contratar un seguro de responsabilidad civil por 300.000 pesos (US$ 38.000) para viajes dentro del país y de 500.000 pesos (US$ 63.000) en el exterior.
Detallan en la agencia DyN que “deberán contar también con seguros de accidentes personales de 150.000 pesos (US$ 19.000), más 25.000 (US$ 3.000) de cobertura de asistencia médica, cuando se trate de viajes locales, y de 250.000 (US$31.000), más 50.000 (US$ 6000) de cobertura médica, en los casos de viajes al exterior”.
Denegación de licencia
El ministerio podrá negar e incluso cancelar la autorización para brindar servicios de turismo estudiantil “ante la comprobación de antecedentes desfavorables de los directivos de la agencia o ante reiterados perjuicios ocasionados a los turistas-usuarios”.
Ante la cancelación o denegación se podrá tramitar la reincorporación hasta tres veces, debiendo pagar 600 pesos (US$ 76), 1000 pesos (US$127) y 2000 pesos (US$ 254), respectivamente. Para hacerlo tendrán que esperar –sin poder operar-primero tres meses, luego seis y finalmente un año.
“Si la agencia hubiera obtenido o solicitado por tercera vez el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil, la posterior cancelación o denegación del certificado, inhabilitará en forma definitiva a la agencia para operar en la modalidad de turismo estudiantil”, resaltan.
Personal para los viajes
Todos los viajes de egresados deberán contar con un Coordinador cada 35 turistas y en el caso que los grupos superen esa cantidad podrán agregar “asistentes”. Para los viajes de estudios, habrá un coordinador cada 60 alumnos, siempre y cuando vayan acompañados por al menos dos docentes.
Se exige que los Coordinadores estén inscriptos en el Registro, sean mayores de 21 años, cuenten con estudios de nivel medio completo y no tengan antecedentes criminales. Tienen que renovar anualmente su inscripción y aprobar los cursos de capacitación que pueda disponer el Ministerio. Los Asistentes deben cumplir los mismos requisitos pero ser mayores de 18 años.
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